Resumen
Sociedad anónima
Órganos de la SA. AdministradoresResponsabilidadEl incumplimiento por el administrador de una S.A. de una obligación concreta de una deuda contraída por la sociedad, no es causa suficiente para considerar acreditado que ha actuado con falta de diligencia o sin buena práctica profesional, por lo que - en principio - tan solo por esa actuación no podrá exigírsele la responsabilidad sobre la base de los artículos 133 y 135 de la L.S.A.Legislación citada: Art. 115, 710 de la L.E.C.; art. 144 del Reglamento Hipotecario; art. 133, 135, 127 de la L.S.A.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Sentencia de Audiencia Provincial - Valencia, de 18 de Abril 2000
Ilustrísimos Señores Magistrados:Presidente.D.José Fco. Beneyto García-Robledo.Magistrados.Dª Francisco José Ferrando Zuriaga.Dª Carmen Tamayo Muñoz.En la ciudad de Valencia a dieciocho de abril de dos mil Visto ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación el juicio de menor cuantía nº 299/97, entre partes en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Alcira; de una, como demandantes-apelantes, D. I.S.G. y Doña A.C.C., representados por la Procuradora Sra. G.B. y asistid...
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