Sentencia nº 109/2005 de AP Cádiz, Sección 1ª, 30 de Junio de 2005

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Resumen


FAMILIA. SEPARACIÓN MATRIMONIAL. MEDIDAS COMPLEMENTARIAS. Entendemos no procedente el condicionado relativo a los gastos extraordinarios por razones de estudios y enfermedad, que asegurada ya la capacitación de las hijas trasladarían sobre el padre cualesquiera iniciativas con las que voluntariamente decidieran perfeccionar o ampliar su curriculum, sin olvidar en el otro aspecto, la general cobertura de nuestro sistema público de salud que desautoriza en principio una medida como la interesada, sin perjuicio naturalmente de lo que ante puntuales acontecimientos pudiera acordarse. Si además se toma en consideración la extraordinaria amplitud y variedad de conceptos que trata la parte de incluir en cada uno de los apartados, diluyendo la nota de excepcionalidad aducida, la conclusión al principio adelantada definitivamente se impone e inclina la total confirmación de la sentencia como al principio se adelantaba y se dirá en la parte dispositiva. En primera instancia se estima en parte la demanda. Se desestima la apelación.

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Extracto


Sentencia nº 109/2005 de AP Cádiz, Sección 1ª, 30 de Junio de 2005

LORENZO JESUS DEL RIO FERNANDEZROSA MARIA FERNANDEZ NUÑEZPEDRO MARCELINO RODRIGUEZ ROSALES

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

Sección Primera

S E N T E N C I A

PRESIDENTE:

Lorenzo del Río Fernández

MAGISTRADOS:

Rosa Fernández Nuñez

Pedro M. Rodríguez Rosales

Rollo de Apelación nº 121/05

Juzgado de Primera Instancia nº Cinco

Cádiz

Procedimiento Civil nº 817/04

En Cádiz a 30 de junio de 2005.

Visto por la Sección Primera de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la senten...

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