SAP Alicante 154/2000, 24 de Febrero de 2000

PonenteJOSE MARIA RIVES SEVA
ECLIES:APA:2000:880
Número de Recurso497-C/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución154/2000
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 154/00

Iltmos. Sres.

D. Fco Javier Prieto Lozano.

D. José Ceva Sebastiá.

D. José María Rives Seva.

En la Ciudad de Alicante a, veinticuatro de Febrero del año dos mil.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen ha visto, en grado de apelación (Rollo de Sala nº 497-C/98) los autos de Juicio Declarativo de Menor Cuantía nº 346/94 en su día incoados ante el Juzgado de 1ª Instancia nº de Benidorm en virtud de recurso de apelación entablado por D. Benjamín que se halla representado por el Procurador Palacios Cerdán y asistido por el Letrado Sr. Senabre Segrelles que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente siendo apelado Dª. Concepción que se halla representada por el Procurador Sr. Saura Ruiz y asistido por la Letrada Sra. Lloret LLinares.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Benidorm en los referidos autos se dictó con fecha 30 de marzo de 1.998 sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: - FALLO.- Que decidiendo como decido sobre todos y cada uno de los puntos litigiosos que han sido objeto de debate, promovido este en virtud de la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales Sr. Roglá Benedito en nombre y representación de D. Benjamín contra Dña. Concepción , y de la demanda reconvencional planteada por la Procuradora Sra. Pérez Oltra en nombre y representación de esta última contra aquel:

  1. - debo declarar como declaro que el activo de la sociedad legal de gananciales formada por los litigantes y ya disuelta se halla integrado por los bienes expresados en el párrafo segundo del fundamento de derecho cuarto de esta resolución, procediéndose en ejecución de sentencia y según se indica en tal fundamento de derecho a la efectiva liquidación de la misma con adjudicación a cada uno de los litigantes de los que proceda en pago de su mitad.

  2. - debo declarar como declaro perteneciente a Dña. Concepción el dominio de las siguientes fincas:

    a.- Urbana. Apartamento letra NUM000 del EDIFICIO000 de Benidorm, CALLE000 situada en la planta NUM001 e inscrita como finca número NUM002 , antes NUM003 . folio NUM004 , libro NUM005 , Benidorm. Registro de la Propiedad número dos de Benidorm.b.- Urbana. Apartamento letra NUM006 del EDIFICIO000 de Benidorm, CALLE000 , situada en la planta NUM001 e inscrita como finca número NUM007 , antes NUM008 , en el Registro de la propiedad número dos de Benidorm.

    c.- Urbana. Apartamento letra NUM009 del EDIFICIO000 de Benidorm, CALLE000 , situada en la planta NUM001 e inscrita como finca número NUM010 , antes NUM011 , folio NUM012 , libro NUM005 , Benidorm, Registro de la Propiedad número dos de Benidorm

    d.- Urbana. Apartamento del EDIFICIO000 de Benidorm, CALLE000 , situada en la planta NUM013 e inscrita como finca número NUM014 , ante NUM015 , folio NUM013 , libro NUM016 , Benidorm, Registro de la Propiedad número dos de Benidorm.

    e.- Urbana. Apartamento del EDIFICIO000 de Benidorm, CALLE000 , situada en la planta NUM001 e inscrita como finca número NUM017 , antes NUM018 , folio NUM019 , libro NUM020 , Benidorm, Registro de la Propiedad número dos de Benidorm.

    f- Urbana. Apartamento letra NUM006 del EDIFICIO000 de Benidorm, CALLE000 , situada en la planta NUM001 e inscrita como finca número NUM021 , antes NUM022 , folio NUM023 , libro NUM020 , Benidorm, Registro de la propiedad número dos de Benidorm.

    g.- Urbana. Apartamento letra NUM006 del EDIFICIO000 de Benidorm, CALLE000 , situada en la planta NUM024 e inscrita como finca número NUM025 , antes NUM026 , folio NUM027 , libro NUM020 , Benidorm, Registro de la Propiedad número dos de Benidorm.

  3. - debo ordenar como ordeno la rectificación del Registro de la propiedad respecto de las fincas anteriormente señaladas a los efectos de salvar el actual desacuerdo que, en orden al derecho que se declara en la presente resolución, existe entre el Registro y la realidad jurídica extrarregistral.

    No procede hacer expresa imposición de las costas procesales a ninguna de las parte

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante D. Benjamín en tiempo y forma, que fue admitido en ambos efectos; elevándose los autos, previo emplazamiento de las partes a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo nº 497-C/98, en el cual se personaron ambas partes; tramitándose el recurso en legal forma y, conferidos los oportunos traslados, se señaló para la celebración del Acto de la Vista el día 17 de febrero de 2.000, en que tuvo lugar con intervención de las partes comparecidas; solicitándose por la recurrente la revocación de la sentencia impugnada, dictándose otra de conformidad con sus intereses y por la parte apelada la integra confirmación de dicha resolución.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Vistos, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José María Rives Seva.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El objeto del presente procedimiento lo es que por Don Benjamín se interesó la liquidación de la sociedad de gananciales que existía con su esposa Doña Concepción , de...

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