Sentencia nº 262/2004 de AP Lleida, Sección 2ª, 13 de Julio de 2004
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Resumen
RESPONSABILIDAD CIVIL. Según la propia certificación registral acompañada a la demanda, constan depositadas en abril de 2.002, tanto las cuentas del año 2.000 como las del 2.001. Incluso consta que en el acto de la audiencia previa se presento el modelo 390 de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (resumen anual del IVA) del ejercicio fiscal de 2.002 (la demanda es de junio de 2.002), con lo que mal puede sostenerse esa presunta inactividad. Es lo cierto por ultimo, que no compartimos la valoración que el juez a quo hace de la falta de presentación de parte de la documentación requerida, toda vez que de la misma y solo de la misma, no tiene porque inferirse siempre y necesariamente la situación de disminución del patrimonio por debajo de la mitad del capital social. Recuérdese que los libros que se había solicitado aportar eran el Libro Mayor, el Diario e IVA de los que necesariamente no ha de poder deducirse lo que el juez a quo necesariamente supone, y sin que se haya solicitado ni siquiera la prueba de interrogatorio de los demandados. En definitiva pues, no podemos tener por acreditada la concurrencia de esta causa objetiva, razón por la que deberemos revocar la sentencia de primera instancia en este concreto extremo apelado. Se estima la demanda. Se estima la apelación.
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☞ Sentencia Favorable a: Comunidad de Propietarios
Extracto
Sentencia nº 262/2004 de AP Lleida, Sección 2ª, 13 de Julio de 2004
D. ALBERT GUILANYA FOIXD. ALBERT MONTELL GARCIAD. NEUS CISCART BEÀ
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LLEIDA Sección SegundaEl Canyaret, s/nRollo nº. 96/2004 Procedimiento ordinario núm. 153/2002 Juzgado Primera Instancia 1 SolsonaSENTENCIA nº 262/2004Ilmos./as. Sres./as.PRESIDENTED. ALBERT GUILANYA I FOIX MAGISTRADOSD. ALBERT MONTELL I GARCÍADÑA NEUS CORTADA CORTIJO (suplent)------------------------------------En Lleida, a trece de julio de dos mil cuatroLa sección segunda de esta Audiencia Provincial, constituída por los señores anotados al margen, ha visto en grado de apelación, los autos de Procedimiento ordinario nº 153/2002 seguidos ante el Juzgado Primera Instancia 1 Solsona, rollo de Sala número 96/2004, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha cuatro de nov...Ver el contenido completo de este documento
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