SAP Asturias 159/2006, 25 de Abril de 2006

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Asturias, seccion 4 (civil)
Número de resolución159/2006
Fecha25 Abril 2006

RAMON AVELLO ZAPATEROFRANCISCO TUERO ALLERMARIA NURIA ZAMORA PEREZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

OVIEDO

SENTENCIA: 00159/2006

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000133 /2006

NÚMERO 159

En OVIEDO, a veinticinco de Abril de dos mil seis, la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia

Provincial de Oviedo, compuesta por Don Ramón Avello Zapatero, Presidente, Don Francisco Tuero Aller y Doña Nuria Zamora Pérez, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de apelación número 133/06, en autos de Juicio Ordinario nº 39/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número tres de Oviedo , promovido por DOÑA Estela, demandante en primera Instancia, contra ZURICH ESPAÑA CIA SEGUROS Y REASEGUROS Y CONSUM SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA, demandadas en primera Instancia, siendo Ponente Ilma. Sra. Magistrada Doña Nuria Zamora Pérez.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número tres de Oviedo dictó sentencia con fecha doce de diciembre de dos mil cinco , cuya parte dispositiva dice así: Desestimando la demanda formulada por el procurador Sr. Sal del Río, en nombre y representación de Doña Estela, contra Seguros Zurich, SA y Consum, Sociedad Cooperativa, Ltda., debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones en su contra deducidas en el escrito de demanda, todo ello con expresa imposición de las costas procesales causadas a la actora.

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día dieciocho de Abril de dos mil seis.-

TERCERO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Doña Estela, sobre las 11 horas del 24 de enero de 2.003, sufrió un caída en el interior del recinto del supermercado CONSUM, de Sama de Langreo, debido, al parecer, a que el suelo estaba resbaladizo al haber una sustancia amarillenta, probablemente detergente. En base a esos hechos y ejercitando la acción personal de culpa extracontractual prevista en los artículos 1.902 y 1.903 del Código Civil , reclama de la entidad demandada CONSUM, la indemnización de los perjuicios sufridos, pretensión que extiende, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley de Contrato de seguro , a la entidad aseguradora Zurich, quien al tiempo del accidente cubría la responsabilidad civil en la que pudiera incidir la demandada.

La sentencia de instancia desestima la demanda al considerar que no queda acreditada la dinámica de los hechos ni la responsabilidad que se imputa a CONSUM, a quien no es de aplicación el principio de responsabilidad objetiva por razón del riesgo, dado que la explotación de un negocio de supermercado no entraña mayor peligro. Falta de prueba que perjudica a la demandante cuya reclamación no puede prosperar,

SEGUNDO

La parte actora recurre la sentencia de instancia denunciando vulneración de los artículos 414 y 428 de la LEC . Y es que según la recurrente resulta inaceptable la desestimación de la demanda por no quedar acreditada la responsabilidad imputada a la demandada cuando dicha parte litigante, en sede de Audiencia Previa, la ha admitido, centrando la controversia en la concreción de las lesiones sufridas por la demandante y en consecuencia la indemnización que sería procedente.

Un nuevo examen de las actuaciones de instancia, y en particular de la grabación de la Audiencia Previa, nos lleva a acoger este motivo del recurso. En dicho trámite procesal y a fin de comprobar si subsistía el litigio entre las partes, tal y como prevé el artículo 415...

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