Sentencia de Audiencia Provincial - Orense nº 532/1999, de 15 de Septiembre 1999

Audiencias Provinciales

Ponente Jesús Francisco Cristín Pérez
Sentencia nº 532/1999

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Resumen


TERCERÍA DE DOMINIO. En el presente caso, no prospera la tercería de dominio por responder la sociedad de ganaciales de las deudas contraidas antes de la disolución de dicha sociedad, toda vez que no se formuló debidamente inventario judicial o extrajudicial en el momento de la disolución. La titularidad de bienes que se adquieran con posterioridad habrá de estar acreditada su procedencia privativa, no bastando la afirmación de la posesión. Se desestima el recurso de Apelación.

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Extracto


Sentencia nº 532/1999 de Audiencia Provincial - Orense, de 15 de Septiembre 1999

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por el Jdo. mixto Núm. 2 de Ourense, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 9 de julio de 1998, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que deses...

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