SAP Almería 297/2002, 29 de Noviembre de 2002

PonenteJUAN RUIZ-RICO RUIZ-MORON
ECLIES:APAL:2002:1626
Número de Recurso82/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución297/2002
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 297

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

MAGISTRADOS

D. RAFAEL GARCIA LARAÑA

D. NICOLAS POVEDA PEÑAS

En la ciudad de Almería a veintinueve de Noviembre dos mil dos.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 82 de 2002 los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Roquetas de Mar seguidos con el nº 248 de 1999 sobre protocolización de testamento ológrafo entre partes, de una como actora D. Inocencio y, de otra como demandada Dª. Carmen cuyas demás circunstancias constan en la sentencia apelada, la primera representada en primera instancia por la Procuradora Dª. Marina Soler Meca y dirigida por el Letrado D. Juan Antonio González Aznar y la segunda representada por la Procuradora Dª María del Mar Gazquez Alcoba y dirigida por el Letrado D. José Luis Labrará López. Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por la Sra. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Roquetas de Mar en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 24 de septiembre de 2001 cuyo Fallo dispone: "Que desestimando la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Soler Meca, en nombre y representación de D. Inocencio , declaro no haber lugar a la protocolización del testamento ológrafo otorgado por Dª Carolina el día 10 de octubre de 1993 y debo absolver y absuelvo a Dª Carmen de las pretensiones deducidas en su contra. Todo ello con expresa oposición de costas a la parte actora".

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte actora se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, solicitando en el escrito de recurso, la revocación de la mencionada resolución y que en su lugar se dicte otra por la que se acuerde la protocolización del testamento ológrafo. Del recurso se dio traslado a la demandada que se opuso al recurso y solicitó la confirmación de la sentencia con imposición de costas a los recurrentes.

CUARTO

Recibidas las actuaciones en este Tribunal, se formó el rollo de sala, se turnó de ponencia y se trajeron para votación y fallo el día 20 de noviembre de 2002, quedando los autos vistos y conclusos para sentencia.QUINTO.- En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del procedimiento declarativo de menor cuantía del que procede la presente apelación, consiste en la petición de la protocolización notarial del testamento ológrafo de Dª Carolina , fallecida en Almería el 23 de octubre de 1993.

La sentencia de primera instancia declara no haber lugar a la indicada protocolización debido a que siguiéndose la sucesión de la señora Carolina , en lo que se refiere a su capacidad de testar y validez del testamento otorgado, por la Ley belga o alemana, y dado que para que sea aplicable el derecho extranjero en nuestro derecho, a tenor de lo establecido en el art. 12.6 del Código Civil, es necesario que quien lo invoque, acredite su contenido y vigencia por los medios de prueba admitidos en la Ley española, al no haberse producido dicha acreditación es lo que le lleva a desestimar la demanda.

SEGUNDO

El argumento contenido en la sentencia recurrida no es asumido por cuanto este Tribunal entiende que la norma aplicable al presente caso es la española y ello por las siguientes consideraciones.

En...

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