AAP Zamora 85/2001, 9 de Noviembre de 2001

ECLIES:APZA:2001:216A
Número de Recurso292/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución85/2001
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª

D. RAFAEL LIS ESTÉVEZD. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓNDª. Dª. CARMEN PAZOS MONCADA

AUDIENCIA PROVINCIAL

ZAMORA

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Rollo Civil nº : 292/01

Nº. Procd. Civil : 101/01

Procedencia : Primera Instancia de de Zamora nº 3

Tipo de Proced. : Ejecución de títulos judiciales

A U T O Nº 85

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Ilmos. Srs.

Presidente:

D.RAFAEL LIS ESTÉVEZ

Magistrados:

D.PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN

D.CARMEN PAZOS MONCADA, suplente.

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En la ciudad de Zamora a 9 de noviembre de 2001.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª. Instancia, de Zamora nº 1 se dictó auto con fecha 3 de julio de 2001 en el ejecución de titulos judiciales, nº. 101/01, y en el que se acordaba "Se desestima la oposición formulada por el Procurador Sr. Centeno Matilla en nombre y representación de Baltasar contra la ejecución acordada en autos nº 101/01 de este Juzgado. En su consecuencia siga adelante la ejecución por la cantidad despachada.Todo ello con imposición de las costas de la oposición al ejecutado."

SEGUNDO

Por la representación procesal de Baltasar se presentó escrito por el que se tiene por preparado recurso de apelación contra el auto dictado en fecha 3 de julio de 2001, acordándose mediante providencia emplazar a la parte recurrente por veinte días para que lo interponga ante el Tribunal de la instancia, donde una vez interpuesto, y presentados en su caso, los escritos de oposición o impugnación y dados los respectivos traslados establecidos en el art. 461 de la L.E.Civil se remitió testimonio de particulares a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso.

TERCERO

Recibido el testimonio de particulares en la Audiencia, se formó el respectivo rollo de apelación, habiendo correspondido de conformidad con las normas de reparto al Ilmo. Sr. D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN, y no habiéndose solicitado la práctica de prueba ni la celebración de vista, ni considerarla necesaria el Tribunal, pasaron las actuaciones al mismo para dictar la resolución procedente, señalándose el día 7 de noviembre de 2001, para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación de esta instancia, se cumplido las prescripciones y términos legales.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Aceptamos los razonamientos jurídicos del auto objeto del presente recurso en tanto no quede afectado de algún modo por los razonamientos del presente auto.

SEGUNDO

Interpone recurso de apelación la representación del ejecutado contra el auto que desestimó la oposición a la ejecución de sentencia firme con fundamento en los siguientes motivos: Infracción por inaplicación del artículo 559.2 de la l. E. Civil, al haber omitido el trámite de traslado previsto para subsanación de defectos procesales alegados en el escrito de oposición a la ejecución. En segundo lugar, aunque dentro de los defectos procesales, se alega la infracción por inaplicación o aplicación indebida del artículo 399 de la l. E. Civil, pues el escrito de demanda ejecutivo adolece de indeterminación, pues no concreta los meses en que se impagó la pensión alimenticia. En tercer lugar, se alega la nulidad radical por no contener la sentencia condena de la cantidad de 2.500.000 pesetas.

TERCERO

El primero de los motivos del recurso debe decaer.

La resolución objeto de este recurso en modo alguno ha infringido el párrafo segundo del número 2 del artículo 559 de la L. E. C. de 2.000, pues, dado que la oposición a al ejecución se basaba en cuestiones procesales exclusivamente (art. 559) dio traslado a la parte ejecutante para formular alegaciones sobre los defectos procesales. Dicha parte presentó el escrito de alegaciones y, puesto que el Juzgador aprecio que no existía los defectos procesales opuestos dictó la resolución mandado seguir adelante la ejecución. Solo cuando hubiera apreciado que existían los defectos procesales opuestos y estimara que eran subsanables tendría que haber abierto el trámite de...

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