SAP Albacete 101/2007, 13 de Julio de 2007

PonenteJOSE GARCIA BLEDA
ECLIES:APAB:2007:544
Número de Recurso100/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución101/2007
Fecha de Resolución13 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

ALBACETE

SECCION PRIMERA

Apelación Civil nº 100/07

S E N T E N C I A NUM. 101

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Iltmos. Sres.

Presidente

D. Eduardo Salinas Verdeguer

Magistrados

D. José García Bleda

D. Manuel Mateos Rodríguez

En Albacete a trece de Julio de dos mil siete.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 729/06 sobre establecimiento de régimen de comunicación y visitas a favor de los abuelos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Albacete y promovidos por Pablo y Dª. Angelina contra Elvira, con intervención del Ministerio Fiscal; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 27 de noviembre de 2.006 por la Iltma. Sra. Magistrado-Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpusieron los referidos demandantes. Habiéndose celebrado Votación y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

PRIMERO

Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Desestimar la demanda formulada y, en consecuencia, mantener el régimen de visitas de los menores Jesús Carlos, Penélope y Abelardo en los mismos términos que establece la Sentencia 61/2006 de la Audiencia Provincial de Albacete de 8 de mayo, sin hacer expreso pronunciamiento en materia de costas."

SEGUNDO

Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por los demandantes, representados por medio de la Procuradora Dª. Sonsoles Jiménez Roldán, bajo la dirección del Letrado D. Juan Ruiz Vivo, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazada la parte demandada, por la misma, representada por la Procuradora Dª. Mª Llanos García Gómez, bajo la dirección de la Letrado Dª. Mª José Iñiguez Mirasol, se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación, interviniendo el Ministerio Fiscal que se opuso al recurso, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de treinta días, compareciendo las mencionadas Procuradoras en las representaciones indicadas.

TERCERO

En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José García Bleda.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de Pablo y Angelina, apelantes en esta alzada, solicitan revocación de la sentencia de instancia y que se dicte otra accediendo al régimen de visitas propuesto.

SEGUNDO

Dictada resolución denegatoria del régimen de visitas solicitado por los abuelos respecto a los nietos habidos en el matrimonio de su hijo Lucas con la demandada Elvira contra la referida resolución se alzan los actores-recurrentes al considerar infringido el art. 160 del Código Civil en relación con el...

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