SAP Almería 98/1998, 7 de Marzo de 1998
Ponente | TARSILA MARTINEZ RUIZ |
Número de Recurso | 531/1996 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 98/1998 |
Fecha de Resolución | 7 de Marzo de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 1ª |
D. JUAN RUIZ-RICO RUIZ-MOROND. TARSILA MARTINEZ RUIZD. RAFAEL GARCIA LARAÑA
Audiencia. Provincial de Almería/Sección Primera.
Rollo de Apelación civil número: 0531/96
SENTENCIA Nº 98.
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON
Magistrados
Dª TARSILA MARTÍNEZ RUIZ
D. RAFAEL GARCÍA LARAÑA
ALMERÍA, a siete de marzo de mil novecientos noventa y ocho.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto y oído en grado de apelación, rollo número
0531/96, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia n°3 de Almería, seguidos con el
número 0046/96, sobre Reclamación de Cantidad entre partes, de una como APELANTE, el
demandado D. Miguel Ángel , cuyas demás circunstancias constan en
la sentencia apelada, representado por la Procurador Dª ALICIA DE TAPIA APARICIO y dirigido por
el Letrado D. FRANCISCO MEJIAS RUIZ, y de otra, como APELADO, la demandante
"PORTAMARINA S.C.A.", cuyas demás circunstancias constan en la sentencia apelada,
representada por la Procurador Dª MARÍA DEL CARMEN CORTÉS ESTEBAN y dirigida por el
Letrado D. FRANCISCO MOYA MARTÍNEZ.
Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Iltmo. Sr. Juez -del Juzgado la Instancia n°3 Almería, en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 27 de junio de 1996, cuyo Fallo dispone: "Que desestimando la excepción de falta de legitimación pasiva por falta de litis consorcio pasivo necesario planteada por el demandado y estimando la demanda formulada por la entidad Portomaria Sociedad Cooperativa Andaluza deducida contra Don Miguel Ángel sobre reclamación de cantidad, debo declarar y declaro haber lugar a la misma y en su consecuencia condenar a dicho demandado a que abone a la actora la cantidad de dos millones cuatrocientas catorce mil novecientas noventa y ocho pesetas (2,414.998 ptas, ) intereses en la forma indicada y costas.
Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a éste Tribunal, previo emplazamiento de las partes en el término legal, donde se formó el rollo correspondiente, en el que oportunamente comparecieron las mismas y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para la vista, la que tuvo lugar el 2 de marzo de 1998, con asistencia de las representaciones de las partes comparecidas y sus Letrados, solicitando el de la primera la revocación de la sentencia impugnada y que se dicte otra por la que se desestime la pretensión actora y el Letrado de la parte apelada su íntegra confirmación, con expresa imposición de las costas de la alzada al recurrente; declarándose el recurso visto y concluso para sentencia.
En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª TARSILA MARTÍNEZ RUIZ.
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