SAP Madrid 7/2001, 8 de Enero de 2001

PonenteDª. CARMEN ORLAND ESCAMEZ
ECLIES:APM:2001:60
Número de Recurso255/2000
Número de Resolución7/2001
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

Dª. CARMEN ORLAND ESCAMEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION: 17ª

APELACION NUMERO/AÑO: 255-2000

PROCEDIMIENTO : JUICIO DE FALTAS

NUMERO/AÑO : 321/99

JUZGADO DE INSTRUCCION

LOCALIDAD/NUMERO:COLLADO VILLALBA 1

MAGISTRADO:Ilustrísima Señora:

Doña Carmen Orland Escamez.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa de

referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

S E N T E N C I A n° 7

En la Villa de Madrid, a ocho de Enero de dos mil uno.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, constituída como órgano unipersonal, y actuando, en tal concepto, la Ilustrísima Señora Magistrado Doña Carmen Orland Escamez, ha visto el recurso de apelación interpuesto por Mauricio, contra la sentencia dictada, con fecha 11 de Febrero de 2.000, en juicio de faltas número 321/99, del Juzgado de Instrucción n° 1 de los de Collado - Villalba Intervino como parte apelada, el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 11 de Febrero de 2.000, se dictó sentencia en juicio de faltas número 321/99, del Juzgado de Instrucción n° 1 de los de Collado Villalba .

Su parte dispositiva contenía el siguiente Fallo:

"Que debo condenar y condeno a Mauricio, como autor penalmente responsable de una falta de amenazas ya definida, a la pena de multa de 15 días con cuota diaria de 500 pesetas, así como al abono de las costas procesales En caso de impago de multa, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiario de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas, que podrá cumplir en régimen de arrestos de fin de semana.

Absuelvo a Mauricio de la falta de lesiones que le venía siendo imputada y absuelvo a Valentín y a Teresa de las faltas de amenazas y de lesiones que les venía siendo imputadas ."

Segundo

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por Mauricio .

Tercero

Dado traslado a las demás partes, formularon sus alegaciones. Remitido a este Tribunal, pasó al Magistrado a quien por turno correspondió. No se estimó precisa la celebración de vista, quedando el recurso pendiente para sentencia.

Se mantienen los fijados, como tales, en la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se tienen por reproducidos los argumentos invocados en la resolución impugnada, que se comparten exclusivamente en lo sustancial coincidente.

Segundo

El primer motivo de la apelación se basa en la vulneración de los principios de presunción de inocencia e " in dubio pro reo" al considerar el recurrente que de las pruebas practicadas no queda acreditada la comisión de la falta de amenazas del art. 620.1° del Código Penal y que incurre en contradicción el juzgador cuando expresa...

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