SAP Madrid 480/2004, 16 de Julio de 2004
Ponente | ELADIO GALAN CACERES |
ECLI | ES:APM:2004:10641 |
Número de Recurso | 376/2004 |
Número de Resolución | 480/2004 |
Fecha de Resolución | 16 de Julio de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 22ª |
D. EDUARDO HIJAS FERNANDEZD. ELADIO GALAN CACERESDª. CARMEN NEIRA VAZQUEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 22
MADRID
SENTENCIA: 00480/2004
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 22
C/ SANTIAGO DE COMPOSTELA, 96
Tfno.: 913978913-4 Fax: 913978915
N.I.G. 28000 1 7004710 /2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 376 /2004
Proc. Origen: MODIFICACION MEDIDAS DEFINITIVAS 362 /2003
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de ALCORCON
De: Paulino
Procurador: JUAN TORRECILLA JIMENEZ
Contra: Lucía
Procurador: Mª JESUS GARCIA LETRADO
SENTENCIA
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Eduardo Hijas Fernández
Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres
Ilma. Sra. Dª. Carmen Neira Vázquez
______________________________________/
En Madrid, a dieciséis de julio de dos mil cuatro.
La Sección Vigesimosegunda de esta Audiencia Provincial ha visto, en grado de apelación, los autos de modificación de medidas de divorcio, bajo el nº 362/03, ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Alcorcón, entre partes:
De una como apelante, Don Paulino, representado por el Procurador Don Juan Torrecilla Jiménez.
De otra, como apelada, Doña Lucía, representada por la Procuradora Doña María Jesús García Letrado.
Fue igualmente parte el Ministerio Fiscal.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Eladio Galán Cáceres
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Con fecha 12 de diciembre de 2003 por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Alcorcón se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por Don Paulino representado por el Procurador Don Juan Torrecilla Jiménez, contra Doña Lucía representado por el procurador Doña Vicenta Berrocal Avila y contra el Ministerio Fiscal, sbor4e modificación de medidas adoptadas en sentencia de divorcio.
DEMO MODIFICAR Y MODIFICO la sentencia de fecha 6 de octubre de 2.000 dictada en los autos de divorcio núm. 388/99 de este Juzgado en el solo sentido de suprimir la pensión compensatoria fijada a favor de la esposa, sin que hay lugar a la reducción de la pensión alimenticia, sin expresa declaración sobre costas procesales.
Firme esta sentencia llévese testimonio al procedimiento principal de donde dimana para su debida constancia.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndolas saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo".
Con fecha 13 de enero de 2004, por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Alcorcón, se dictó Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal: "DISPONGO: Se aclara la sentencia dictada en estos autos en fecha 12-12-2003 en el sentido de que Doña Lucía actúa representada por la Procuradora Sra. García Letrado.
Así po9r este Auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo./a Sr./a. D.ª. JUAN RAMON RODRIGUEZ LLAMOSÍ MAGISTRADO-JUEZ del JDO. 1ª INST. E INSTRUCCIÓN N. 2 de ALCORCON".
Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, previa la oportuna preparación, se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Don Paulino, exponiéndose en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.
De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, presentándose por la representación legal de Doña Lucía escrito de oposición.
Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, se acordó señalar para deliberación, votación y fallo del recurso el día 15 de los corrientes.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
La parte apelante, repitiendo los argumentos contenidos en el...
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