SAP Santa Cruz de Tenerife 116/2005, 1 de Enero de 2005

PonenteRUBEN CABRERA GARATE
ECLIES:APTF:2005:188
Número de Recurso108/2003
Número de Resolución116/2005
Fecha de Resolución 1 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 116

ILTMOS. SRES.

D./Dª. Ruben Cabrera Garate (Presidente)

D./Dª. Juan Carlos Toro Alcaide (Magistrado)

D./Dª. José Luis González González (Magistrado)

En Santa Cruz de Tenerife , a 3 1 de enero de 2005

Vista, en nombre de S.M. el Rey y en juicio oral y público ante esta Audiencia Provincial, la Causa nº 0000142/1996 , procedente del Juzgado de Instrucción nº JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de GRANADILLA DE ABONA , , Rollo nº 0000108/2003 de esta Sala, por el delito de TRAFICO DE DROGAS contra Clemente de 36 años de edad, hijo de Juan y de María, casado, de profesión camarero, natural de Cádiz y vecino de Arona, con instrucción, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Mª Montserrat Padrón García y defendido por el Letrado Sr. Carlos Estrella Gil en cuya causa es parte acusadora el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Ruben Cabrera Garate .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se declaran probados por conformidad de la parte acusada con la calificación del Ministerio Fiscal los siguientes hechos: Sobre las 23 horas del día 24 de marzo de 1996, el acusado Clemente , mayor de edad y sin antecedentes penales, fue sorprendido, cuando, en la Plaza del Porro de los Cristianos, Arona, vendió la sustancia gravemente nociva para la salud conocida como heroína, ocupándosele 3000 pts, que recibió de la entrega de una papelina, y cuatro envoltorios de papel de plata que ocultaba en el interior de los calzoncillos y que contenían 0,4622 grs de heroína base con una riqueza del 41,73%, destinados al ilícito tráfico a que se dedicaba .

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal al iniciar la sesión del juicio oral calificó los hechos procesales como constitutivos de delito contra la salud pública, de sustancia que causa grave daño a la salud comprendido en los artículos 344 y 344 bis e) del Código Penal , vigente en el momento de los hechos, al resultar más favorable y conceptuando responsable criminalmente del mismo, como autor al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal pidió se impusiera al acusado la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y 1.000.000 de ptas de multa, con cuarenta días de arresto sustitutorio en caso de impago, accesorias, al pago de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Granada 462/2006, 6 de Octubre de 2006
    • España
    • October 6, 2006
    ...habiendolo tenido (sentencia Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife de 20-9-02, 19-3, 20-4, 23-7-04 ). Como dice la SAP de Santa Cruz de Tenerife de 1-1-05, la nueva LEC, pues, al regular el juicio verbal como un procedimiento especial por razón de la materia recoge un concepto de p......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR