SAP Barcelona, 5 de Abril de 2002
Ponente | RAMON FONCILLAS SOPENA |
ECLI | ES:APB:2002:3794 |
Número de Recurso | 137/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 5 de Abril de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA
D. JORDI SEGUÍ PUNTAS
Dª. NURIA ZAMORA PÉREZ
En la ciudad de Barcelona, a cinco de abril de dos mil dos.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciséis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio verbal, nº 257/1998 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Sant Feliu de Llobregat, a instancia de D. Carlos Manuel , contra D. Eugenio , ZURICH ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, D. Jaime , AGF SEGUROS, S.A., Dª. Claudia , LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA, S.A., COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, D. Jose Ramón y ATHENA COMPAÑÍA IBÉRICA DE SEGUROS Y REASEGUROS (actualmente, Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.), y los siguientes acumulados: autos de Juicio verbal nº 33/99 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia n-° 6 de Sant Feliu de Llobregat, a instancia de Claudia y LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS contra D. Jose Ramón , ATHENA COMPAÑÍA IBÉRICA DE SEGUROS Y REASEGUROS, autos de Juicio verbal nº 1/99 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Sant Feliu de Llobregat a instancia de D. Eugenio contra D. Jaime , AGF SEGUROS, S.A., Dª-. Claudia , LINEA DIRECTA ASEGURADORA, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, D. Jose Ramón y ATHENA COMPAÑÍA IBÉRICA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., autos de Juicio verbal nº 79/00 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Sant Feliu de Llobregat a instancia de Dª-. Dolores contra D. Jaime , AGF SEGUROS, S.A., Dª. Claudia , LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, D. Jose Ramón y ATHENA COMPAÑÍA IBÉRICA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., autos de Juicio verbal nº 74/00 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia n-° 2 de Sant Feliu de Llobregat, a instancia de D. Jaime , contra Dª. Claudia , LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA, S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, D. Jose Ramón y ATHENA COMPAÑÍA IBÉRICA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. los cuales penden anteesta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Carlos Manuel , Dª. Claudia y Línea Directa, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 2 de octubre de 2001, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Carlos Manuel , con domicilio en Barcelona, CALLE000 , NUM000 NUM001 NUM002 y DNI NUM003 , representado por el Procurador Carlos Ferreres Vidal y defendido por el Letrado Juan Sotomayor contra Eugenio , domiciliado en Hospitalet de Llobregat, CALLE001 , NUM004 y DNI NUM005 y Zurich España, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., con domicilio en Barcelona, Av. Diagonal, 431 bis y CIF A-28360527, representados ambos por el Procurador Jordi Ribé Rubí y defendidos por el Letrado Miguel Munar Bestard, contra Jaime , con domicilio en Vallirana, CALLE002 , NUM006 y DNI NUM007 , defendido por el Letrado Juan Carlos Arauzo Rojo, contra AGF Seguros, S.A., con domicilio en Barcelona, Paseo de Gracia, 21 y CIF A-28026342, representada por el Procurador Juan García García y defendida por el Letrado Juan A., contra Claudia , con domicilio en Hospitalet de Llobregat, CALLE003 , NUM008 , NUM001 NUM009 y DNI NUM010 y Línea Directa Aseguradora, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros, con domicilio en Tres Cantos (Madrid), calle Isaac Newton, 7 y CIF A- 08871031, representadas ambas por la Procuradora Elisa Vallés Sierra y defendidas por el Letrado José Luis Ferrer Escolar y contra Jose Ramón , con domicilio en Hospitalet de Llobregat, CALLE004 , NUM011 , NUM001 NUM002 y DNI NUM012 y Athena Compañía Ibérica de Seguros y Reaseguros, S.A. (actualmente, Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.), con domicilio en Barcelona, calle Balmes, 7 y CIF A-08169336, representados ambos por el Procurador Pere Martí Gellida y defendida esta última por el Letrado V. García, debo condenan- y condeno a D. Eugenio y a Zurich a que satisfagan solidariamente al actor la suma de trescientas cincuenta y nueve mil doscientas nueve pesetas (359.209 pesetas), debiendo, asimismo, abonar Zurich un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en un 50% desde la fecha del siniestro y hasta dos años después del mismo y un interés del 20% desde los dos años hasta el completo pago.- Asimismo, debo absolver y absuelvo a todos los demás codemandados de todos los pedimentos formulados en su contra.- Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad, salvo las causadas a los codemandados absueltos, que serán a cargo del actor.- Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Claudia , con domicilio en Hospitalet de Llobregat, CALLE003 , NUM008 , NUM001 NUM009 y DNI NUM010 y Línea Directa Aseguradora, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros, con domicilio en Tres Cantos (Madrid), calle Isaac Newton, 7 y CIF A- 08871031, representadas ambas por la...
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