SAP Madrid 645/2005, 3 de Noviembre de 2005

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ECLIES:APM:2005:11592
Número de Recurso365/2005
Número de Resolución645/2005
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

LORENZO PEREZ SAN FRANCISCOMARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZJESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00645/2005

Rollo: RECURSO DE APELACION 365 /2005

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1043 /2003

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 45 de MADRID

PONENTE: ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

APELANTES: Rosario, Paulino

PROCURADOR: MARIA SOLEDAD CASTAÑEDA GONZALEZ

APELANTES: Claudio, María Rosa

PROCURADOR: ANTONIO GOMEZ DE LA SERNA ADRADA

En MADRID, a tres de noviembre de dos mil cinco.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre nulidad, compraventa y reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 45 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelantes demandantes DOÑA Rosario y DON Paulino representados por la Procuradora Sra. Castañeda González y de otra, como apelantes demandados DON Claudio y DOÑA María Rosa representados por el Procurador Sr. Gómez de la Serna Adrada y como demandado Don Alejandro, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 45 de Madrid, en fecha 18 de febrero de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando en parte la demanda deducida por la Procuradora Doña María Soledad Castañeda González, en nombre y representación de Don Paulino y Doña Rosario, contra Don Claudio, Doña María Rosa y Don Alejandro, y estimando, parcialmente, la demanda reconvencional deducida contra los anteriores contra los demandantes y el Sr. Alejandro, declaro:

- La nulidad de la renuncia efectuada por Don Alejandro respecto del patrimonio ganancial que ostentaba con su esposa fallecida, y al legado del usufructo universal dejado por ésta, y a su cuota legal usufructuaria.

- En consecuencia se declara la nulidad de la aprobación y adjudicación de la herencia de la Sra. Elisa, contenida en la escritura de fecha 21 de septiembre de 1.988, otorgada ante el Notario de Madrid Don Virgilio de la Vega con número mil seiscientos cinco de su protocolo y la nulidad de la inscripción registral 6ª de la finca NUM003 del Registro de la Propiedad nº NUM004 de Madrid.

- Que Don Paulino y Doña Rosario son titulares de una cuota sobre el piso objeto de este procedimiento sito en la C/DIRECCION000 nº NUM000, NUM001NUM002 de esta capital, que les corresponde por la herencia de su madre Doña. Elisa.

- La validez del contrato de compraventa de fecha 13 de junio de 1.986, celebrado entre Don Alejandro y Don Claudio y Doña María Rosa, viniendo obligado el anterior (no sus hijos, Don Paulino y Doña Rosario) a otorgar escritura pública de compraventa de la cuota que le corresponde (tanto mitad de sociedad de gananciales como derechos hereditarios de la herencia de su fallecida esposa Doña. Elisa) sobre el piso litigioso, debiendo los demandantes reconvencionales pagarle, sobre el precio pactado (6.500.000 de ptas.), el importe correspondiente a dicha cuota una vez deducidas las 250.000 ptas. ya cobradas.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Por la parte demandante y demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 225/2010, 22 de Abril de 2010
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 22 April 2010
    ...de casación presentado por la representación procesal de Dª Flor y D. Jose María y la casación de la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 18ª, de 3 noviembre 2005 . Habiéndose estimado este motivo, la Sala está excusada de examinar los Anulada la sentencia recurrida que a......
1 artículos doctrinales
  • Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de abril de 2010
    • España
    • Comentarios a las Sentencias de unificación de doctrina (Civil y Mercantil). Volumen 4.o (2010)
    • 1 January 2011
    ...Riggotte contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 18ª, de 3 noviembre 2005, dictada en el rollo de apelación nº 365/2005. Se casa y anula la sentencia En su lugar, se dicta sentencia y se declara: a) La nulidad del contrato de compraventa de la finca sita en la call......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR