SAP Madrid 298/2004, 24 de Septiembre de 2004

PonenteFERNANDO ESCRIBANO MORA
ECLIES:APM:2004:12227
Número de Recurso148/2004
Número de Resolución298/2004
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

FERNANDO ESCRIBANO MORA

Juicio de Faltas nº 871/2003

Juzgado de Instrucción nº 16 de Madrid

Rollo de Sala nº 148/2004

FERNANDO ESCRIBANO MORA

La Sección Cuarta de Audiencia Provincial de Madrid, ha pronunciado en nombre de SU

MAJESTAD EL REY la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 298/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Ilmo. Sr. de la Sección 4ª

D. FERNANDO ESCRIBANO MORA

En Madrid, a veinticuatro de septiembre de dos mil cuatro.

Visto en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen señalado, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la Sentencia de 2 de diciembre de 2003 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 16 de Madrid en el juicio de faltas nº 871/2003. Han sido partes, de un lado como apelante doña Metro de Madrid S.A. y, de otro como apelados, Carlos Ramón, el Ministerio Fiscal y el Consorcio Regional de Transportes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción en el procedimiento citado dictó Sentencia cuyo relato de hechos probados y parte dispositiva dicen:

"HECHOS PROBADOS: Que sobre las 10,45 horas del día 21 de agosto del 2003, el acusado Carlos Ramón fue sorprendido en la estación del Metro de Nueva Numancia cuando viajaba haciendo uso de un abono de transportes de otra persona, con el fin de eludir el pago del billete correspondiente."

"FALLO: Que debo absolver y absuelvo a Carlos Ramón de la falta de la que venía siendo acusado, declarando de oficio las costas procesales."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por Metro de Madrid SA se interpuso recurso de apelación, alegando infracción de las normas del ordenamiento jurídico al no haberse calificado los hechos como constitutivos de una falta de estafa, dado que concurren todos los elementos precisos para la aplicación del art. 623.4 CP.

TERCERO

Admitido en ambos efectos el recurso, y previo traslado del mismo a las demás partes, para impugnación se ha impugnado por el Ministerio Fiscal que interesa la confirmación de la Sentencia. No consta la impugnación del recurso por ninguna de las demás partes. Una vez se remitió a este Tribunal, se ha formado el oportuno rollo de Sala, y señalándose el día 24 de los corrientes para su resolución.

Se aceptan íntegramente los contenidos en la Sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La única cuestión que plantea la sociedad apelante es la infracción de lo dispuesto en el art. 623.4 del Código...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Comentario al Artículo 245 del Código Penal
    • España
    • Código Penal. Parte Especial. Tomo II. Volumen I Codigo Penal, Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre Delitos y sus penas Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico De la usurpación
    • 21 Septiembre 2009
    ...familiar, podía utilizar; que no haya otra solución que la de proceder de un modo antijurídico y las SSAP MADRID, 08/03/2004; 23/09/2004 y 24/09/2004, en las que se destaca la lesión que conductas de ocupación ilícita suponen para aquellos ciudadanos que, acreditando ante la entidad pública......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR