SAP Albacete 113/2008, 21 de Junio de 2008

PonenteJOSE GARCIA BLEDA
ECLIES:APAB:2008:418
Número de Recurso95/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución113/2008
Fecha de Resolución21 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

ALBACETE

SECCION PRIMERA

Apelación Civil 95/08

S E N T E N C I A NUM. 113

EN NOMBRE DE S.M.EL REY

Ilmos.Sres.

Presidente

D. Eduardo Salinas Verdeguer

Magistrados

D. José García Bleda

D. Manuel Mateos Rodríguez

En Albacete a veintiuno de julio de dos mil ocho.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 1213/06 de juicio ordinario seguidos ante el

Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Albacete y promovidos por Sociedad General de Autores y Editores contra el

Ayuntamiento de Elche de la Sierra; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la

sentencia dictada en fecha 5 de octubre de 2.007 por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado,

interpuso el referido demandante. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 27 de junio de 2.007.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

  1. - Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Estimo parcialmente la demanda interpuesta por SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES contra AYUNTAMIENTO DE ELCHE DE LA SIERRA y por tanto le condeno a que satisfaga a la actora la cantidad de 2.431'66 euros. Cada parte soportará sus propias costas y las comunes por mitad."

  2. - Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por la demandante, representada por medio del Procurador D. Jacobo Serra González, bajo la dirección de la Letrado Dª. Elena Rodríguez Martínez, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazada la parte demandada, por la misma, representada por el Procurador D. Abelardo López Ruiz, bajo la dirección del Letrado D. Juan García Montero, se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación e impugnando la Sentencia de instancia y, dado traslado de dicha impugnación, la parte contraria se opuso a la misma, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de treinta días, compareciendo los mencionados Procuradores en las representaciones indicadas.

  3. - En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, salvo en el plazo para dictar sentencia en esta instancia, dado el volumen de asuntos pendientes de resolver de carácter preferente.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado José García Bleda.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de la Sociedad General de Autores y Editores de España se interpone recurso de apelación y solicita se que revoque parcialmente la sentencia de instancia y se dicte otra estimando totalmente la demanda.

SEGUNDO

Asimismo por la representación del Excmo. Ayuntamiento de Elche de la Sierra formulando recurso por vía adhesiva solicita la desestimación de la demanda.

TERCERO

Por la representación de la Sociedad General de Autores de España se disiente de la sentencia de instancia en cuanto en esta se estima la excepción de prescripción alegada por lo que respecta a las indemnizaciones correspondientes a los años 1998 a 2001 ya que en la carta enviada con fecha 7-11-06 (Doc. 14) en la que se reclamaba los 6.471,20 # que ahora de nuevo se reclaman se envió inmediatamente después del procedimiento de diligencias preliminares 659/06 del que dimana el presente y asimismo en el presente procedimiento se han aportado también la carta de 22-11-06 (Doc. 15) y además otra carta de fecha 8-07-02 (Doc. 16), burofax 13-9-03 (Doc. 17), burofax 28-7-04 (Doc. 18) y actos de inspección de 2-9-05 y 7-9-06 (Doc. 19 y 20) y además en el testimonio de las preliminares adjuntado al ordinario como Doc. nº 3 se aportaron cartas de fecha 23-9- 98, 10-12-98 y burofax de 19-4-06 referidos exclusivamente a la radio, habiéndose además reconocido por el representante del Ayuntamiento que en algunas ocasiones desde el año 1998 se habían recibido comunicaciones y requerimientos a efecto del pago de derechos de autor; por lo que existirían datos suficientes para estimar interrumpido el plazo de prescripción máxime si la causa determinante de los...

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