SAP A Coruña 299/2008, 30 de Junio de 2008

PonenteJUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA
ECLIES:APC:2008:1886
Número de Recurso519/2007
Número de Resolución299/2008
Fecha de Resolución30 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

SENTENCIA

NÚM..

AUDIENCIA PROVINCIAL, SECCIÓN TERCERA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JUAN ANGEL RODRÍGUEZ CARDAMA

DÑA. MARÍA JOSÉ PÉREZ PENA

D. RAFAEL JESÚS FERNÁNDEZ PORTO GARCÍA

-------------------------------------------En A CORUÑA, a treinta de junio de dos mil ocho.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituída por los Sres. que al margen se expresan, los presentes autos de J. ORDINARIO núm. 265/05, que ante la misma penden en grado de apelación, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 DE A CORUÑA, en los que es parte como APELANTE: NORTEMPO ETT, S.L., representado/a por el/a Procurador/a Sra. CAMBA MÉNDEZ y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. PÉREZ-LEMA LÓPEZ; y de otra como APELADA: AUTOPISTAS DE DATOS Y COMUNICACIONES, S.L., representada por el/a Procurador/a Sra. MARTA DÍAZ AMOR y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. SAN MIGUEL NÚÑEZ; versando los autos sobre Reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la SENTENCIA DE FECHA 28 DE FEBRERO DE 2007, dictada por el Ilmo. Sr. Juez/Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de A Coruña , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora Doña Carmen Camba Méndez en nombre y representación de NORTEMPO E.T.T., S.L. y defendida por el Letrado Sr. Pérez Lema, contra la entidad AUTOPISTAS DE DATOS Y COMUNICACIONES S.L., representada por la procuradora doña Marta Díaz Amor y defendida por el Letrado Sr. San Miguel Núñez,debo absolver y absuelvo libremente a la demandada de todas las pretensiones frente a ella deducidas en

el escrito de demanda. Todo ello con imposición de costas a la parte demandante".

PRIMERO

Interpuesta la apelación por "Nortempo E.T.T., S.L.", y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, habiendo comparecido en tiempo y forma para sostener dicho recurso el/a Procurador/a Sra. Camba Méndez.

SEGUNDO

Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por providencia de fecha 26 de octubre de 2007 , se admite el recurso, mandando formar el correspondiente Rollo, designando Ponente y acordando esperar el término del emplazamiento. Se personaron en esta alzada la Procuradora Sra. Camba Méndez, en nombre y representación de "Nortempo, ETT., S.L.", en calidad de apelante y la Procuradora Sra. Díaz Amor, en nombre y representación de "Autopistas de Datos y Comunicaciones, S.L.", en calidad de apelada. Queda el proceso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno corresponda. Por providencia de fecha 27 de Noviembre de 2007 se señaló para votación y fallo el día 15 de Abril de 2008.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y

SIENDO PONENTE el Ilmo/a. Sr./a Magistrado/a D. JUAN ANGEL RODRÍGUEZ CARDAMA.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La supuesta indefensión que la actora alega, por no habérsele permitido impugnar los documentos presentados con el escrito de contestación a la demanda (artículo 427.1 de la LEC .), sobre obviar que trató de hacerse tal impugnación, como ella reconoce, cuando ya se estaba en la fase de proposición de prueba, posterior en orden, carece del alcance o importancia que se quiere dar, de haberse producido, a tal refutación, pues, conforme a reiterada doctrina jurisprudencial, la impugnación de un documento, o su falta de adveración, no le priva en absoluto de valor y puede ser tomado en...

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