SAP Madrid 660/2005, 6 de Octubre de 2005
Ponente | MARIA JESUS ALIA RAMOS |
ECLI | ES:APM:2005:14825 |
Número de Recurso | 208/2005 |
Número de Resolución | 660/2005 |
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª |
MARIA JESUS ALIA RAMOSFERNANDO HERRERO DE EGAÑA OCTAVIO DE TOLEDOCESAR URIARTE LOPEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12
MADRID
SENTENCIA: 00660/2005
Rollo: RECURSO DE APELACION 208/2005
PROCEDENCIA: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 6 COLLADO VILLALBA
MEDIDAS CAUTELARES Nº 461/04
DEMANDANTE/APELADO: D. Fermín
PROCURADOR: D. MARCO A. LABAJO GONZÁLEZ
DEMANDADO/APELANTE: D. Carlos Ramón
PROCURADOR: DOÑA BLANCA RUEDA QUINTERO
PONENTE: ILMA. SRA. DOÑA Mª JESÚS ALÍA RAMOS
AUTO Nº 660
Ilmos. Sres. Magistrados:
Mª JESÚS ALÍA RAMOS
FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO
CESAR URIARTE LOPEZ
En MADRID, a seis de Octubre de dos mil cinco.
La Sección 12 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de MEDIDAS CAUTELARES COETANEAS 461/2004 del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 6 de COLLADO VILLALBA seguido entre partes, de una como apelante D. Carlos Ramón, representado por la Procuradora Sra. DOÑA BLANCA RUEDA QUINTERO, y de otra, como apelado D. Fermín, representado por el Procurador Sr. D. MARCO A. LABAJO GONZÁLEZ, sobre NO ADOPCIÓN MEDIDAS CAUTELARES.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 6 de COLLADO VILLALBA, por el mismo se dictó sentencia con fecha 10 DE NOVIEMBRE DE 2004 , cuya parte dispositiva dice: "NO PROCEDE acordar la medida cautelar solicitada por la actora, dado el allanamiento posterior del demandado en el procedimiento principal, no obstante, y de acuerdo con lo ya razonado, las costas procesales de este incidente se imponen al demandado DON Carlos Ramón". Notificada dicha resolución a las partes, por Carlos Ramón se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que impugna el recurso. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 28 DE SEPTIEMBRE DE 2005, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Mª JESÚS ALÍA RAMOS.
El presente incidente tiene su origen en el procedimiento ordinario núm. 416/04 instado por don Fermín contra don Carlos Ramón, en cuya demanda solicita se dicte sentencia por la que se condene al demandado a pagar al actor la cantidad de 91.233'64 euros. Por medio de otrosí, se solicita se acuerde la anotación preventiva de la demanda en el Registro de la Propiedad de Collado Villalba sobre las fincas registrales nº NUM000, NUM001, NUM002 y NUM003, al amparo del artículo 42 LH y artículo 727 LEC .
Por auto de 16 de noviembre de 2004 se denegó la medida cautelar interesada, razonando que pese a que la misma reune las características exigidas en los arts. 721, 723, 726, 727.5 y 728 LEC , no procedía acordarla debido al allanamiento del demandado en el procedimiento principal, y apreciando mala fe en aquel le impuso las costas del incidente.
Don Carlos Ramón se alza contra dicho último pronunciamiento, solicitando su revocación y, en su lugar, se deje sin efecto su condena en costas.
Previamente al análisis del pronunciamiento condenatorio en costas, debemos examinar el argumento de fondo alegado por el demandado en el acto de la vista como...
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SAP Barcelona 195/2006, 20 de Abril de 2006
...no hacer condena en las costas de la instancia en lo que a THIEL se refiere, tal y como entienden otras Audiencias (por ejemplo, SAP Madrid 6 de octubre de 2005 o SAP Barcelona, sec. 19ª, 13 de enero de 2004). El motivo, en suma, debe ser De acuerdo con los artículos 398, 397 y 394 de la LE......