SAP Madrid 9/2006, 18 de Enero de 2006
Ponente | PABLO QUECEDO ARACIL |
ECLI | ES:APM:2006:13 |
Número de Recurso | 148/2004 |
Número de Resolución | 9/2006 |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª |
PABLO QUECEDO ARACILAMPARO CAMAZON LINACEROJUAN UCEDA OJEDA
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14
MADRID
SENTENCIA: 00009/2006
Rollo: RECURSO DE APELACION 148 /2004
Autos: 990/02
Apelante: Dª Nieves
Apelado: D. Paulino
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. PABLO QUECEDO ARACIL
Dª AMPARO CAMAZÓN LINACERO
D. JUAN UCEDA OJEDA
En MADRID, a dieciocho de enero de dos mil seis. La Sección Décimo Cuarta de la Audiencia
Provincial de Madrid, Autos Nº 990/02, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia Nº 46 de de Madrid , y en la que han sido partes, como APELANTE Dª Nieves, representado por el Procurador Dª ESTHER GÓMEZ GARCÍA y de otra, como APELADO D. Paulino, representado por el Procurador D. DANIEL OTONES PUENTES.
Habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. PABLO QUECEDO ARACIL.
Con fecha 10 de Marzo de 2005, se dictó sentencia en el presente rollo de Sala por la que, entre otros extremos, se condenó al pago de las costas causadas en esta alzada a la parte recurrente Dª Nieves.
Por la parte apelada D. Paulino, se solicitó que se practicase la oportuna tasación de costas llevándose a cabo por el Secretario en fecha 21 de Noviembre de 2005, que ascendió a la cantidad de MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON DIECINUEVE CÉNTIMOS DE EURO (1.583,19) de la que se dio vista a las partes por plazo común de diez días para que la impugnaran o hicieran efectiva. Y dentro del término conferido, la parte condenada al pago impugnó la tasación de costas, mediante escrito que obra unido a las actuaciones, por el concepto de INDEBIDAS. Habiéndose tramitado el incidente de impugnación por indebidas conforme a lo dispuesto en el artículo 246,4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 , el procurador D. DANIEL OTONES PUENTES presentó escrito en fecha 20 de Diciembre de 2005, y mostró su conformidad con dicha impugnación, solicitando no se hiciera expresa condena en costas, por lo que se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para informar a la Sala y dictar la resolución que proceda.
En la tramitación de este incidente han sido observadas las prescripciones legales.
El derecho de disposición de la parte sobre el proceso y su objeto está reconocido en los arts. 19 a 21 LEC , y en lo que respecta al allanamiento...
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