SAP Barcelona, 31 de Julio de 2000

PonenteMONTSERRAT ARROYO ROMAGOSA
ECLIES:APB:2000:10333
Número de Recurso273/2000
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución31 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

SENTENCIA

En Barcelona a treinta y uno de julio de dos mil.

VISTOS, en nombre de S.M. el Rey, por la Ilma. Sra. Dña. Montserrat Arroyo Romagosa, Magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona, el rollo de apelación penal número 273/00 dimanante del Juicio verbal de Faltas nº 284/00, seguido en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Granollers por una falta de lesiones en agresión; entre las partes, de una y como apelante Raúl ; y de otra, Susana , Casimiro y Mercedes como apelada; siendo parte apelada el ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Granollers con fecha 30/11/99 se dictó Sentencia en cuya parte dispositiva textualmente se decía: "Que debo condenar y condeno a Raúl y a Marina como autor de una falta de lesiones del artº. 617.2º del Código Penal a una pena de multa cada uno de un mes a razón de cien pesetas por día con la responsabilidad establecida en el arte. 53 del Código Penal en caso de impago y a que indemnicen conjunta y solidariamente a Susana en 78.000-pesetas por los días de incapacidad y costas del procedimiento; y debo absolver y absuelvo a Soledad , Susana , Casimiro y Mercedes de la falta que se les imputaba en este procedimiento."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por Raúl

, en cuyo escrito tras expresar los fundamentos del recurso interesó la revocación de la Sentencia recurrida y en su lugar se dicte otra absolutoria para el recurrente y condenatoria para Casimiro en los mismos términos interesados en el acto del Juicio Verbal; y una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo a las demás partes para que en el término legal formulasen las alegaciones que estimasen convenientes a sus respectivos derechos, trámite que fue evacuado por, que interesó la confirmación de la resolución recurrida, remitiéndose las actuaciones a la Audiencia Provincial para resolución del recurso.

TERCERO

Recibidos los autos y registrados en esta Sección, sin más trámite, quedaron los mismos para Sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Examinado el contenido del recurso de apelación interpuesto y tras la lectura de la Sentencia dictada en los presentes autor, si bien no lo interesa la parte apelante, debe procederse a declarar la nulidad de la resolución dictada...

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