SAP Málaga 492/2006, 28 de Septiembre de 2006
Ponente | JOSE LUIS LOPEZ FUENTES |
ECLI | ES:APMA:2006:2406 |
Número de Recurso | 500/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 492/2006 |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 492
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCIÓN CUARTA
PRESIDENTE ILTMO. SR.
D. JOAQUIN DELGADO BAENA
MAGISTRADOS ILTMOS. SRES.
D. JOSE LUIS LOPEZ FUENTES
D. MELCHOR HERNANDEZ CALVO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 13 DE MALAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 500/2006
JUICIO Nº 1278/2004
En la Ciudad de Málaga a veintiocho de septiembre de dos mil seis.
Visto, por la SECCIÓN CUARTA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Julián , que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador SR. PEREZ SEGURA, JESUS RAUL y defendido por el Letrado SR. GONZALEZ RAMENTOL, JOSE FERNANDO. Es parte recurrida Rubén y LA ESTRELLA SA, que están representados por el Procurador SR. DUARTE DIEGUEZ, FRANCISCO JAVIER, que en la instancia han litigado como partes demandadas.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 08.03.06 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Se estima parcialmente la demanda interpuesta por don Julián frente a don Rubén y La Estrella S.A. con los siguientes pronunciamientos: 1.- Se condena a don Rubén y La Estrella S.A. a que solidariamente indemnicen a don Julián en la suma de dos mil que indemnicen a la actora en la suma de suma de dos mil doscientos sesenta y cuatro euros con setenta céntimos, cantidad que ya tiene recibida el actor. 2.- Se condena a don Julián al pago de las costas de esta instancia."
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 05.09.06, quedando visto parasentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS LOPEZ FUENTES, quien expresa el parecer del Tribunal.
La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda interpuesta por la actora, condenando a los demandados al pago de la suma de 2.264,70 céntimos, condenando a la actora, por su temeridad y mala fe, al pago de las costas procesales.
Frente a dicha sentencia, la parte actora-apelante formula su recurso exclusivamente en relación al particular referente a la valoración pericial tenida en cuenta por el Juzgador de Instancia, que confiere mayor credibilidad al informe pericial del Dr. Blas que al emitido por el Dr. Domingo , y al particular relativo a la preexistencia de las lesiones, respecto de las que se afirma que no hubo ocultación sino que, debido a su falta de conocimientos médicos, no se comunicó a los peritos por entender que unas lesiones sufridas tres años antes no tenían nada que ver con las del accidente de tráfico, insistiendo en que las lesiones sufridas merecen, en todo caso, una puntuación más baja que la solicitada por producirse sobre una zona debilitada anteriormente, conforme al informe pericial Don. Domingo , al que también habría de ajustarse la estimación de los días impeditivos y de baja.
La parte apelada se opuso al recurso y solicitó la confirmación de la sentencia.
La apelante basa, en esencia, su recurso, en su disconformidad con la sentencia por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba