SAP Segovia 247/2006, 5 de Diciembre de 2006

PonenteGONZALO CRIADO DEL REY TREMPS
ECLIES:APSG:2006:367
Número de Recurso425/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución247/2006
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

SENTENCIA: 00247/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN ÚNICA

SEGOVIA

SENTENCIA Nº 247/ 2006

C I V I L

Recurso de apelación

Número 425 Año 2006

Juicio Ordinario 97/06

Juzgado de 1ª Instancia de

S E G O V I A Nº 4

En la Ciudad de Segovia, a cinco de diciembre de dos mil seis.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Pdte.; D. Ignacio Pando Echevarria y D. Gonzalo Criado del Rey Tremps , Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de Dª Antonia , mayor de edad; contra Dª Isabel Y D. Luis María , ambos mayores de edad, con domicilio en Segovia, AVENIDA000 , nº NUM000 ; contra Dª Alicia Y D. Armando , ambos mayores de edad, con domicilio en Segovia, CARRETERA000 , nº NUM001 ; sobre juicio ordinario, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como apelante, la demandante, representada por la Procuradora Sra. Gonzalez Santoyo y defendida por el Letrado Sr. López Villar ; y como apelados, los demandados, representados por la Procuradora Sra. Llorente Borreguero y defendidos por el Letrado Sr. Fuentetaja Sanz y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Gonzalo Criado del Rey Tremps.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de los de Segovia, nº 4, con fechatreinta y uno de julio de dos mil seis , fue dictada Sentencia, que en su parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: Que, estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Sa. González Santoyo en nombre y representación de Antonia contra Isabel , Luis María , Alicia Y Armando representados por la Procuradora Sra. Llorente Borreguero condeno a los referidos demandados a abonar a la demandante la suma de 858,59 euros, expidiendo al efecto el correspondiente mandamiento de devolución sin necesidad de esperar a la firmeza de esta resolución al estar consignada la referida cantidad para su entrega a la parte demandante. Todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre costas."

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de la demandante, se anunció la preparación de recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil , dándose traslado a la adversa y emplazándola para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado trámite en plazo , se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo, turnado de ponencia y personadas las partes en tiempo, señaló fecha para deliberación y fallo del citado recurso, y llevado a cabo que fue, quedó el mismo visto para dictar la resolución procedente.

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