SAP Segovia 232/2006, 20 de Noviembre de 2006

PonenteGONZALO CRIADO DEL REY TREMPS
ECLIES:APSG:2006:358
Número de Recurso410/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución232/2006
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

SENTENCIA: 00232/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN ÚNICA

SEGOVIA

SENTENCIA Nº 232/ 2006

C I V I L

Recurso de apelación

Número 410 Año 2006

Juicio Verbal 57/06

Juzgado de 1ª Instancia de

S E P Ú L V E D A

En la Ciudad de Segovia, a veintisiete de noviembre de dos mil seis.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Pdte.; D. Ignacio Pando Echevarria y D. Gonzalo Criado del Rey Tremps , Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de D. Rogelio ; mayor de edad, con domicilio en Medina del Campo ( Valladolid), PLAZA000 , nº NUM002 , NUM003 ; contra La Entidad GROUPAMA PLUS ULTRA, SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.; con domicilio social en Madrid, Plaza de las Cortes, nº 8; y contra D. Luis Andrés , mayor de edad, con domicilio en Madrid, C/ DIRECCION003 , nº NUM004 - NUM005 .; sobre juicio Verbal, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como apelante, el demandante, representado por la Procuradora Sra. Llorente Borreguero y defendido por el Letrado D. Miguel Angel Gonzalez Ochoa; y como apelado 1º, la aseguradora, representada por la Procuradora Sra. Crespo Aguilera y defendida por el Letrado Sr. Martinez García, y como 2º apelado el 2º demandado-no personado y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Gonzalo Criado del Rey Tremps.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de Sepúlveda, con fecha cinco de mayo de dos mil seis, fue dictada Sentencia , que en su parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Salcedo, en el nombre y representación de Rogelio

, contra Luis Andrés y contra Groupama Plus Ultra Seguros y Reaseguros, S.A., sin imposición de costas."

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de el demandante, se anunció la preparación de recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil , dándose traslado a la adversa y emplazándola para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado trámite en plazo , se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo, turnado de ponencia y personadas las partes en tiempo, con excepción del 2º demandado, señaló fecha para deliberación y fallo del citado recurso, y llevado a cabo que fue, quedó el mismo visto para dictar la resolución procedente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Sepúlveda el pasado 5 de mayo de 2.006 se absolvió a la parte demandada, constituida por Luis Andrés y Groupama Plus Ultra Seguros y Reaseguros S.A. de las pretensiones deducidas en el escrito de demanda presentada por el procurador D. Jesús Lorenzo Salcedo Rico en nombre y representación de Rogelio y consistentes en la petición de una condena de 1.050 euros, intereses legales y costas Contra dicha sentencia interpuso la parte demandante recurso de apelación.

Segundo

Alega la parte demandante en la instancia y recurrente en la alzada...

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