SAP Alicante 697/2004, 10 de Noviembre de 2004

PonenteJAVIER GIL MUÑOZ
ECLIES:APA:2004:4150
Número de Recurso73/2003
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución697/2004
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 7ª

SENTENCIA Nº 697/04

ROLLO DE APELACION Nº 73/03

JUICIO DE FALTAS Nº 155/00

JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 4 DE ORIHUELA

En la Ciudad de Elche, a diez de Noviembre de dos mil cuatro.

El Iltmo. Sr. D.Javier Gil Muñoz, Magistrado de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial con sede en la Ciudad de Elche, ha visto los presentes recursos de apelación en ambos efectos, interpuestos contra la sentencia de fecha 26 de Diciembre de 2001, dictada por el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE ORIHUELA, en Juicio de Faltas nº 155/00, sobre lesiones, habiendo actuado como partes apelantes Dª Blanca , representada por el Procurador D. José Martínez Pastor y dirigida por la Letrada Dª. Mª. Angeles Moreno Fernández, y la mercantil aseguradora "Mapfre", representada por el Procurador D. Manuel Lara Medina y dirigida por el Letrado Sr. Hernández García; y como parte apelada la mercantil "La Estrella, S.A. de Seguros y Reaseguros" representada por el Procurador D. Salvador Ferrández Marcos y dirigida por el Letrado Sr. Cueva Gómez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se admiten y se dan por reproducidos los HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Jose Miguel , como autor de una falta de imprudencia con resultado de lesiones, a la pena de 15 días de multa a razón de una cuota diaria de 200 ptas., o un día de privación de la libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas en caso de impago por insolvencia, así como al pago de las costas causadas en el presente juicio, y a que indemnice a Blanca en la cantidad de 858.000 pesetas por incapacidad temporal, y

1.842.291 ptas. por secuelas, más 47.560 pesetas por gastos, y que igualmente indemnice a Mapfre, S.A. en la cantidad de 41.500 pesetas por gastos, declarándose la responsabilidad civil directa de la aseguradora La Estrella S.A., respecto del pago de las aludidas indemnizaciones. Asimismno debo concenar y condeno a Jose Miguel al pago de los intereses legales desde la fecha del siniestro al pago o consignación, y a la aseguradora La Estrella S.A. al pago del interés del 20% anual desde la fecha del siniestro hasta el pago o consignación".

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma, porlas partes apelantes, se interpusieron los presentes recursos, que fueron admitidos a trámite, elevándose las actuaciones a esta Audiencia, donde, previa formación del rollo nº 73/03 , de esta Sección Séptima, quedaron sobre la mesa para su resolución.

CUARTO

En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el presente recurso se observaron las formalidades legales.

  1. FUNDAMENTOS DE DERECHO Recurso formulado por Dª. Blanca .

PRIMERO

En la alegación segunda del escrito de apelación se aduce indefensión a consecuencia de la supuestamente indebida denegación de parte de la prueba propuesta. Se basa dicho motivo en que, una vez emitido informe forense en que se determinaba el alta de la ahora apelante, ésta experimentó, siempre según la misma expone, una agravación de las lesiones causadas en el accidente; acompañó en prueba de ello informes emitidos por los médicos que a título particular la estaban tratando las mismas. Examinados dichos informes la Juez de instancia estimó innecesario repetir el examen médico forense, pero recordando a la parte la posibilidad de presentar los informes privados acompañados en el acto del juicio...

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