SAP A Coruña 324/1999, 28 de Septiembre de 1999

PonenteJOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
ECLIES:APC:1999:2838
Número de Recurso2424/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución324/1999
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

SENTENCIA

Nº 324

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Iltmos. Srs. Magistrados:

D. JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG, Pte.

D. CARLOS FUENTES CANDELAS.

D. CARMEN NUÑEZ FIAÑO.

En la ciudad de La Coruña, a, VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan, los presentes autos de juicio de MENOR CUANTIA Nº 171/97, sustanciados en el J. MIXTO NOIA DOS, y que ante la Audiencia Provincial pendían en de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTES Y APELANTES DON Carlos Alberto y DOÑA Patricia , representado por el Procurador Sr. González González; y de otra como DEMANDADOS Y APELADOS DON Luis Miguel Y DOÑA Verónica , representados por el Procurador Sr. Fernández Vázquez; versando los autos sobre ACCION DECLARATIVA DE DOMINIO.

ANTECEDENTES DE HECHO

Iº.- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada de fecha 13-5-98, dictada por el J .MIXTO NOIA DOS . SU PARTE DISPOSITIVA LITERALMENTE DICE: "FALLO: Que sin entrar en el fondo, debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el procurador Don Rafael Lamas González en nombre y representación de Don Carlos Alberto y Doña Patricia contra Doña Verónica y don Luis Miguel representados por el Procurador Sr. Salmonte Rosendo, absolviendo a los demandados de todas las peticiones contra ellos deducidas e imponiendo las costas a los demandantes."

IIº- Contra la referida resolución por los demandantes, se interpuso recurso de apelación para ante laAudiencia Provincial, que le fue admitido, y previos los correspondientes emplazamientos practicados a las partes, se elevaron los autos a dicho Tribunal, habiendo comparecido ambas partes, y sustanciado el recurso tuvo lugar la vista el día 21-9-99, en cuyo acto los Letrados Sres Sabin Sabin y Montero Senra INFORMARON lo que estimaron conveniente en apoyo de sus pretensiones. Habiéndose hecho saber a las partes la incidental intervención del Magistrado Suplente Don CARMEN NUÑEZ FIAÑO, completando Sala y a efectos de recusación, y como no se hubiese hecho uso del trámite se suspendió la votación de la sentencia por término de tres días a efectos prevenidos en la Ley, alzándose dicha suspensión por Providencia de fecha 27- 9-99, y pasando los autos a Ponencia el día siguiente.

IIIº- Que en la substanciación del recurso se han observado las prescripciones legales; excepto en cuanto a la fecha de señalamiento del día para la vista del recurso, dado el mucho trabajo que pesa sobre esta Sección.

IVº- Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente, litigio sometido a consideración judicial en la alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto, consiste en la acción reivindicatoria que es ejercitada por los actores Carlos Alberto y Patricia , en subrogación del Ayuntamiento de Lousame, al amparo del artº 68 de la Ley de Bases de Régimen Local , contra Verónica y el padre de ésta Luis Miguel . Desestimada la demanda, en virtud de sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Noia, al entender que no concurrían los supuestos normativos que legitimaban a los actores al ejercicio de la mentada acción, contra la referida resolución judicial se interpuso el recurso de apelación cuya decisión nos incumbe.

SEGUNDO

Los artºs. 68...

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