SAP Barcelona, 20 de Septiembre de 1999
Ponente | JOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL |
ECLI | ES:APB:1999:9490 |
Número de Recurso | 98/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 20 de Septiembre de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª |
SECCION QUINCE
ROLLO Nº 98/98
VERBAL DEL AUTOMÓVIL NÚM. 1065/96
JUZGADO DE lA. INSTANCIA NÚM. 32 DE BARCELONA SENTENCIA N U M.
Ilmos. Sres.
D. JOSÉ RAMÓN FERRÁNDIZ GABRIEL
D. RAFAEL GIMENO BAYÓN COBOS
D. JOSÉ LUIS CONCEPCIÓN RODRIGUEZ
En la ciudad de Barcelona a veinte de septiembre de mil novecientos noventa y, nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal del Automóvil, número 1065/96 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 32 de Barcelona a instancia de D. Cosme , contra Dña. Rosa , FIATC MUTUA SEGUROS y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representados por el Procurador D. J.M. Fernández- Aramburu Torres; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 1 de Septiembre de 1.997, por el Sr. Juez del expresado Juzgado . ANTECEDENTES DE HECHO
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimant parcialment la demanda interposada pel Don. Cosme contra Doña. Rosa i la companyia FIATC MUTUA DE SEGUROS, condemno les demandades a pagar solidaariament a l'actor la suma de 456.747 ptes més els interessos legals de l' art. 20.4 de la Ley del Contrato de Seguro a càrrec de l' asseguradora, i les imposo el pagament de les costes del Plet".
Contra la anterior Sentencia interpuso a recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se adhirió; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 26 de Abril de 1.999.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ RAMÓN FERRÁNDIZ GABRIEL.
Los recursos de apelación interpuestos por demandante y codemandadas se refieren,exclusivamente, a la cuenta de la indemnización que quedó fijada en la sentencia apelada por las lesiones y secuela padecidas por él demandante, en aplicación del sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidente de circulación.
Los recurrentes están de acuerdo en que en la sentencia apelada no se tuvo en cuenta una actualización de cuantías aplicable al caso, lo que se traduce en su conformidad en que las sumas...
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