SAP Barcelona, 16 de Junio de 1999

PonenteMARIA EUGENIA ALEGRET BURGUES
ECLIES:APB:1999:6332
Número de Recurso814/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución16 de Junio de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

SENTENCIA NÚM.

Ilmos. Sres.

Dª. MARIA EUGENIA ALEGRET BURGUES

D. JORDI SEGUI PUNTAS

Dª. NURIA ZAMORA PEREZ

En la ciudad de Barcelona, a dieciseis de Junio de mil novecientos noventa y nueve.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciseis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Menor Cuantía, número 96/97 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 43 de Barcelona, a instancia de Dª. Magdalena representada por la Procuradora Dª. María Isabel Santamaría Fernández y dirigida por el Letrado D. José Herrero Sabat, contra DIRECCION000 ., representada por el Procurador D. Alfonso Lorente Parés, y dirigida por el Letrado D. Francisco Pelaez Sanz; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 15 de Mayo de 1.998, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, Dª Isabel Santamaría Fernández, en representación de Dª Magdalena , contra DIRECCION000 .; Y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la expresada demandada al pago al actor de la suma de 22.400.000 pesetas, más el 16% correspondiente al IVA, más intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial y costas causadas "en la tramitación del presente procedimiento."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas se opuso, por la representación de la parte demandada se solicitó el recibimiento del pleito a prueba para la práctica de la prueba documental y testifical, y habiendo lugar a las mismas se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 9 de Junio de 1.999, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARIA EUGENIA ALEGRET BURGUES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Reprodujo la parte demandada apelante en el acto de la vista del recurso y como primer motivo de apelación la petición de nulidad de actuaciones que ya pretendiera durante la primera instancia en el primer escrito deducido por su defensa tras la designa de Procurador que tuvo lugar el día 20 de Junio de 1.997 (folios 123 y 182). El Juzgado "a quo" no tramitó separadamente la petición de nulidad de actuaciones contenida -ciertamente con confusa técnica procesal- en el otrosí primero del recurso de reposición dirigido contra el proveído de 8 de Julio de 1.997, aunque pudiera entenderse que lo resolvió implícitamente en sentido negativo tanto no accediendo a la misma -contra el auto de 6 de Noviembre de

1.997 dedujo la parte recurso de apelación a resolver conjuntamente con el de la apelación principal (folio 243)- como en el incidente que promovió la parte demandada para obtener el levantamiento del embargo preventivo, adoptado precisamente en consideración a la rebeldía de la parte demandada. En el incidente citado cuya apelación resuelve también la Sala en Sentencia de esta misma fecha al haber coincidido en el tiempo ambos recursos de apelación, decidió el Juzgado "a quo" que el emplazamiento se había realizado correctamente por lo que siendo la declaración de...

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