SAP Navarra 1/2006, 5 de Enero de 2006

PonenteJOSE FRANCISCO COBO SAENZ
ECLIES:APNA:2006:12
Número de Recurso72/2005
Número de Resolución1/2006
Fecha de Resolución 5 de Enero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 1

Presidente

D./Dª. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ

Magistrados

D./Dª. FRANCISCO JOSE GOYENA SALGADO

D./Dª. RICARDO J. GONZALEZ GONZALEZ

En Pamplona/Iruña, a 5 de enero de 2006.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen expresados, ha visto en grado de apelación el presente Rollo Penal de Sala nº 72/2005, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 1 de Pamplona/Iruña, en los autos de Procedimiento abreviado nº 374/2005 , sobre delito contra la seguridad del tráfico y desobediencia; siendo apelante, la acusada DÑA. Guadalupe representada por la Procuradora Dña. Mª JOSE GONZALEZ RODRIGUEZ y defendida por el Letrado D. FRANCISCO JAIME ARREGUI CANTONE; y apelado, el MINISTERIO FISCAL.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente D. JOSE FRANCISCO COBO SAENZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de octubre de 2005, el Juzgado de lo Penal Nº 1 de Pamplona/Iruña dictó en el citado procedimiento sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Que debo condenar y condeno a Guadalupe , como autora responsable de un DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO y UN DELITO DE DESOBEDIENCIA, ya definidos, con la concurrencia, respecto de éste último, de la atenuante analógica de embriaguez, a las penas, por el primer delito, de CINCO MESES DE MULTA, con una cuota diaria de 6 euros (en total, 900 euros), apercibiéndole de que en caso de impago quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas; así como QUINCE MESES DE PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR VEHÍCULOS DE MOTOR Y CICLOMOTORES; y por el segundo, SEIS MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, imponiéndole igualmente las costas del procedimiento.

Llévese certificación de esta Sentencia a los autos principales y notifíquese al Ministerio Fiscal y a las partes con expresión del recurso de apelación que cabe interponer frente a la misma dentro de los DIEZ DIAS siguientes al de su última notificación, correspondiendo el conocimiento de dicho recurso a la Audiencia Provincial de Navarra.

Lo que pronuncio, ordeno y firmo, juzgando definitivamente en la instancia por esta Sentencia, en el lugar y fecha arriba indicados."

SEGUNDO

Dicha sentencia fue recurrida en apelación por la representación procesal de la acusada, para solicitar que se la absuelva del delito contra la seguridad del tráfico tipificado en el artículo 379 y en el sentido de aplicar la eximente incompleta o atenuante muy cualificada respecto de delito de desobediencia grave del artículo 380 del Código Penal , aplicando la pena inferior en dos grados a la prevista en el artículo 380. Impugnando el recurso el Ministerio Fiscal.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sección Segunda, por turno de reparto, se formó el presente rollo 72/05, señalándose para deliberación y fallo el día 5 de enero de 2006.

CUARTO

Se aceptan los hechos declarados probados de la sentencia recurrida, que son del siguiente tenor literal:

"ÚNICO.- Ha quedado probado y así se declara expresamente que la acusada Guadalupe , mayor de edad y carente de antecedentes penales, sobre las 04:35 horas del día 1 de agosto de 2004, conducía el vehículo de su propiedad, Renault Express con matricula N-....-NP , haciéndolo bajo los efectos de las sustancias estupefacientes que previamente había ingerido y que limitaban sensiblemente sus facultades para conducir adecuadamente el vehículo, con evidente riesgo para los demás usuarios de la vía. Por esta razón, cuando circulaba por la autopista de peaje A-68 (Bilbao-Zaragoza), a la altura del kilómetro 218, dentro del partido judicial de Tudela y se disponía a salir de la mencionada autopista, procedió a saltarse el punto de peaje, rompiendo la barrera de salida, para seguidamente dar la vuelta con el vehículo y volver a entrar a la autopista rompiendo, nuevamente, la barrera de entrada. Alertada la Guardia Civil de lo ocurrido y después de interceptarla en el punto kilométrico 18, la acusada mantuvo una circulación rápida y zigzagueante, no atendiendo a las señales acústicas y luminosas que los agentes de la Guardia Civil realizaban con la finalidad de que detuviera su vehículo.

En el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Cuenca 249/2012, 25 de Septiembre de 2012
    • España
    • 25 Septiembre 2012
    ...global de las ejecutadas, debe desestimase su pretensión, invocando la sentencia de instancia en apoyo de su conclusión una sentencia de la AP de Navarra de 5/1/2006 que resuelve un caso análogo en el mismo En definitiva la sentencia de instancia se pronunció sobre la pretensión subsidiaria......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR