SAP Barcelona, 20 de Enero de 1999
Ponente | AMPARO RIERA FIOL |
ECLI | ES:APB:1999:382 |
Número de Recurso | 803/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 20 de Enero de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
D JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS
D. VICENTE CONCA PÉREZ
Dª.AMPARO RIERA FIOL
Dª.MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE.
En la ciudad de Barcelona, a veinte de Enero de mil novecientos noventa y nueve.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta, Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal, número 528/96 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n°- 30 de Barcelona, a instancia de D. Everardo , incomparecido en esta alzada y representado por los Estrados del Tribunal, contra D. Sebastián y Dª. María Inmaculada , representados por la Procuradora Dª. Carmen Ribas Buyo, y dirigidos por dl Letrado D. Antonio Llobet Poal; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de, apelación. interpuesto por la representación de la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 14 de Marzo 1.997, por el- Sr. Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por don Everardo contra don Sebastián y doña María Inmaculada , debo declarar y declaro improcedente la actualización de renta pretendida por los demandados en relación al contrato de arrendamiento que vincula a los ahora litigantes y tiene por objeto la vivienda sita en la calle DIRECCION000 n°- NUM000 NUM001 - de Barcelona y asimismo debo condenar y condeno a los demandados a abonar al actor la cantidad de DIEZ MIL SEISCIENTAS OCHENTA Y DOS (10 682) pesetas; todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas en juicio".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito de fecha dieciséis de abril de mil novecientos noventa y siete; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y Fallo el día DIECIOCHO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOSNOVENTA Y NUEVE.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. AMPARO RIERA FIOL.
Se aceptan los Fundamentos Jurídicos de la sentencia apelada
Frente a la sentencia que estimó la demanda origen de las actuaciones, en la que el actor, en su calidad de arrendatario, solicitaba se declarara .que no procede la actualización de la renta correspondiente al arrendamiento del piso primero de la DIRECCION000 n°- NUM002 de Barcelona, en aplicación de la regla 7ª apartado 11 de la Disposición Transitoria Segunda de la L...
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SAP La Rioja 96/2005, 5 de Abril de 2005
...de ingresos totales que se mencionan en la letra D, regla 7ª, percibidos por el arrendatario, conforme a la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 20 de enero de 1999 , tiene que entenderse como conjunto de ingresos percibidos por el arrendatario, aunque debe examinarse cada c......