SAP Alicante 481/2003, 18 de Septiembre de 2003
Ponente | FEDERICO RODRIGUEZ MIRA |
ECLI | ES:APA:2003:3026 |
Número de Recurso | 26/2003 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 481/2003 |
Fecha de Resolución | 18 de Septiembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 481/03.
En el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante D. Juan Luis , representado por el Procurador Sr. Navarrete Ruíz, y asistida por el Letrado Sr. Sanz Hernández, frente a la parte apelada D. Inocencio , representada por el Procurador Sr. Palacios Cerdán, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alicante, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Federico Rodríguez Mira.
Por el Juzgado de Primera Instancia número uno de Alicante, en los autos de juicio de menor cuantía número 359/98, se dictó en fecha 15-10-02 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Que estimando parcialmente la demanda inicial de estos autos interpuesta por Juan Luis representado por el Procurador Sr. Navarrete Ruiz y asistido del Letrado Sr Sanz Hernández contra D. Inocencio , representado por el Procurador Sr. Palacios Cerdán asistido de Letrado, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 528.872 pts (3.128,58 euros) mas IVA, mas los intereses de dicha cantidad que prevé el artículo 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que los deberá abonar el demandado a la parte actora desde la fecha de esta sentencia, absolviendo a la parte demandada del resto de las pretensiones contra ella ejercitadas en la demanda inicial de estos autos.
Todo ello sin hacer especial imposición de costas a ninguna de las partes debiendo cada una abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad e iguales partes."
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandante, habiéndose tramitado el mismo por escrito ante el juzgado de instancia, en la forma prevista en la L.E.C. 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación número 26/03, señalándose para votación y fallo el día 17-09-03.
El Juzgador de instancia, al enjuiciar la forma de retribución del encargo profesional hecho al Letrado actor para la defensa del demandado en el Juicio de Faltas 261/96 seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 1 de Murcia por accidente de tráfico, consideró que el acuerdo de pago ofertado por aquel constituía un pacto de cuota litis nulo por ser contrario al Estatuto de la Abogacía y en consecuencia entendió que debía acudirse a la realidad de los servicios prestados por el demandante, admitiendo en este sentido el dictamen del Colegio de Abogados de Murcia de Junio de 2002 y condenando al demandado a satisfacer a aquel la suma de 3.128,58 #, mas los intereses legales devengados...
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