SAP Asturias 119/1999, 4 de Marzo de 1999

PonenteMARIA JOSE PUEYO MATEO
ECLIES:APO:1999:884
Número de Recurso835/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución119/1999
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

SENTENCIA N° 119

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE

DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO

MAGISTRADOS

DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO

DOÑA Mª DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO

En la ciudad de Oviedo, a cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Menor Cuantía n° 0596/96, procedentes del Juzgado de PRIMERA INSTANCIA 5 DE GIJON, Rollo de Apelación n° 0835/97, entre partes, como demandantes y apelantes, DON Victor Manuel y ENTRAMADOS Y CERRAMIENTOS INDUSTRIALES Y DECORATIVOS, S. A. L. (ENDECO, S. A. L.), representados por el Procurador Don Rafael Cobián Gil-Delgado bajo la dirección del Letrado Don Álvaro Fernández Llaneza; y, como demandada y apelada, AMAYA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS,

S. A., representada por el Procurador Don Victor Manuel Lobo Fernández bajo la dirección del Letrado Don Juan Muñiz Junquera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

EL Juzgado de PRIMERA INSTANCIA 5 DE GIJON dictó Sentencia, en los autos referidos, con fecha veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y siete , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimando la demanda rectora, debo absolver y absuelvo de sus pedimentos a la demandada, con expresa condena en costas a la actora".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de la demandante se interpuso Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes expresadas, y, cumplidos los oportunos traslados, se señaló para la vista del recurso el día veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, en cuyo acto la parte apelante solicitó revocar la sentencia, dictando otra que estáme la demanda, y la apelada solicitó confirmar la sentencia, con costas.

Con fecha veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y ocho se dictó Providencia, en la que se acordaba como diligencia para mejor proveer solicitar del Juzgado Penal n° 1 de Gijón en relación con el Procedimiento Abreviado 543/95 en el que recayó sentencia n° 43/96 en primera instancia, testimonio integro de las piezas de responsabilidad civil y de la Ejecutoria completa. Lo cual se llevó a cabo con el resultado que obra en autos.CUARTO.- En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilma. Sr/a. MAGISTRADA DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por los actores Don Victor Manuel la Entidad Entramados y Cerramientos Industriales y Decorativos, S. A. L. (ENDECO, S. A. L.) se promovió juicio declarativo de menor cuantía frente a "Amaya Compañía de Seguros y Reaseguros, S. A." solicitando se declare que los daños y perjuicios derivados del accidente mortal sufrido por Don Jose Ignacio se encuentran cubiertos por la póliza suscrita por Endeco con la Aseguradora Amaya y en consecuencia se condene a ésta a estar y pasar por esta declaración y a que abone en nombre de los actores las indemnizaciones fijadas en la sentencia penal de 29-1-96 confirmada por la de la Audiencia Provincial de Oviedo de fecha 29-V-96 , así como que se condene igualmente a la demandada a abonar los intereses y costas devengados en el procedimiento penal a determinar en ejecución de sentencia, o en otro caso se condene a la Entidad demandada a abonar a los actores la cantidad de 12 millones de pesetas intereses y costas.

El juzgador "a quo" dictó sentencia desestimando la pretensión actora. Contra su resolución interpusieron los demandantes el presente recurso de apelación.

SEGUNDO

Para un adecuado entendimiento de los hechos objeto de la presente litis deben consignarse los siguientes datos: a) el 4 de febrero de 1.994 Don Jose Ignacio prestando servicios por cuenta y orden de la Empresa Endeco sufrió un accidente laboral con resultado de muerte cuando trabajaba en el montaje de unas celosias que hablan sido construidas por Endeco para ser colocadas en un edificio sito en la Avenida de Juan Carlos I de Gijón y que estaba construyendo la Empresa Ceyd, S. A. quien habla subcontratado la construcción y colocación de las celosias a la Sociedad...

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