SAP Barcelona, 18 de Abril de 2001

PonenteJOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
ECLIES:APB:2001:4276
Número de Recurso298/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución18 de Abril de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA NUM

Ilmos. Sres.

D. JOAQUIN DE ORO PULIDO LOPEZ

D. FRANCISCO HERRANDO MILLAN

D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a dieciocho de abril de dos mil uno.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección once de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Impugnación de Tasación de Costas por indebidas nº 133/97, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Hospitalet, a instancia de Dª Leticia , contra D. Ángel Jesús Y WINTERTHUR SEGUROS GENERALES S.A. los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Dª Leticia , contra la Sentencia dictada en los mismos el día nueve de Febrero de 1099, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la impugnación por honorarios de letrado indebidas formulada por le Procurador Sr. López-Jurado González, en nombre y representación de Dª Leticia , debo declarar y declaro que en la tasación de costas practicada el día 19 de noviembre de 1998, a instancias del procurador Sr. Vidal Bosch, en nombre y representación de D. Ángel Jesús Y DE WINTERTHUR SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, debe incluirse los honorarios del Letrado D. Xavier Puigdollers Noblon, imponiendo a la demandante incidental las costas causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora, y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el dio SEIS DE ABRIL ACTUAL, con el resultado que obra en a precedente diligencia.TERCERO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplida las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

Aunque el articulo 10-2° de la L.E.C. exime del carácter preceptiva respecto del abogado en los juicios verbales y el art. 11 establece como norma general que las partidas de los profesionales intervinientes con carácter facultativo no se comprenderán en la condena...

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