SAP Alicante 50/1998, 27 de Febrero de 1998

PonenteJOSE RAMON SORIANO SORIANO
ECLIES:APA:1998:648
Número de Recurso68/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución50/1998
Fecha de Resolución27 de Febrero de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 50-98

Rollo de Apelación n° 68-98

Juicio de Faltas n° 352-97

Juzgado de instrucción n° 1 de Elche

En la ciudad de Alicante, a veintisiete de Febrero de mil novecientos noventa y ocho

y por el Iltmo. Sr. D. JOSÉ RAMÓN SORIANO SORIANO Magistrado de la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Alicante, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 23-10-97 dictada por el Juzgado de Instrucción n° 1 de Elche en Juicio de Faltas n° 352-97 sobre AMENAZAS habiendo actuado como parte/s apelantes/s Oscar , dirigido por el Letrado Dª CANDIDA M. MARÍN MORA; así como el MINISTERIO FISCAL que se adhiere a la apelación.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: De lo actuado en el presente procedimiento no existe prueba alguna de los hechos consignados en la denuncia que interpuso el referido Oscar contra Juan Miguel ni, por consiguiente, que el día 18 de Julio del año en curso se vieran implicados en una discusión en la que éste último dirigiera al primero frases injuriosas ni amenazantes."

SEGUNDO

EL FALLO de dicha sentencia recurrida literalmente dice: Que debo absolver y absuelvo a Juan Miguel de toda responsabilidad criminal derivada de los hechos enjuiciados, y declaro las costas de oficio.

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma y por Oscar se interpuso el presente recurso, que fue admitido a trámite elevándose las actuaciones a esta Audiencia donde se formó el Rollo n° 68-98 de esta Sección 2ª y una vez tramitado pasó al Magistrado Ponente para resolución.

CUARTO

En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el presente asunto, se observaron las formalidades legales.

SE ACEPTA el Antecedente de HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No aparece en diligencias, la citación del denunciante, hecho que pone de relieve el apelante, para instar la nulidad del juicio, por lo que tiene que accederse a tal nulidad del juicio, al habérsele causado una clara indefensión a dicho denunciante, consecuencia de la vulneración de una norma procesal. La tutela judicial efectiva, prevista en el art. 24 de la Constitución , debe surtir sus efectos, procediendo, de nuevo, al señalamiento del juicio....

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