SAP Zaragoza 554/2003, 17 de Octubre de 2003

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
ECLIES:APZ:2003:2383
Número de Recurso103/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución554/2003
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

SENTENCIA NUMERO QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. José J. Solchaga Loitegui

Magistrados:

D. Javier Seoane Prado

D. Eduardo Navarro Peña

En la Ciudad de Zaragoza a diecisiete de Octubre de dos mil tres

En nombre de S.M. el Rey

VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 5 de diciembre de 2002 por el Juzgado de Primera Instancia Número Seis de Zaragoza , en autos de Proceso Matrimonial seguidos con el número 1.173 de 2002, sobre Modificación de medidas definitivas de divorcio , de que dimana el presente rollo de apelación numero 103 de 2003 en el que han sido partes, apelante , el demandante D. Leonardo representado por la Procuradora Dª Emilia Bosch Iribarren y asistido el Letrado D. José Antonio Torcal Abián, y, apelada, la demandada Dña. Milagros representada por el Procurador D. Juan Carlos Jiménez Giménez y asistida del Letrado D. Javier Jiménez Jiménez siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado

D. Javier Seoane Prado que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que desestimo la demanda interpuesta por Leonardo contra Milagros , con imposición de costas a la parte demandante."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de la demandante D- Leonardo , se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación. Dado traslado a la parte demandada formuló oposición al presente recurso remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta.

TERCERO

Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, sin celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 16 de octubre de 2003, en que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Se aceptan los de la resolución recurrida y

PRIMERO

D. Leonardo solicitó la supresión de la pensión compensatoria por importe de 22.748 ptas. mensuales acordada en la sentencia de separación matrimonial de 14-11-1992, recaída en relación con el matrimonio que contrajo el día 25-5-1977 con Dª Milagros , y cuya supresión ya le fue denegada al actor en la sentencia posterior de divorcio de fecha 26-3-2001.

Como motivo de su pretensión alega que han variado sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta en la sentencia de divorcio, en concreto, que la esposa dispone más medios económicos, en tanto que se adjudicó el piso en su día conyugal en la liquidación del consorcio abonando al que fuera su marido la parte que le correspondía en él; que la esposa se halla trabajando en la actualidad; y,...

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