SAP Ávila 36/1998, 16 de Febrero de 1998

PonenteMARIA JOSE RODRIGUEZ DUPLA
ECLIES:APAV:1998:65
Número de Recurso190/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución36/1998
Fecha de Resolución16 de Febrero de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

SENTENCIA NUM: 36/98

SEÑORES DEL TRIBUNAL

ILTMO. SR. PRESIDENTE

DOÑA MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLA

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

DON JESÚS GARCÍA GARCÍA

DONA MARÍA PURA BUENO CLEMENTE

En la Ciudad de Avila a dieciséis de febrero de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de JUICIO DE COGNICIÓN número 12/97 del Juzgado de Primera Instancia de Arévalo , Rollo número 190/97; seguidos entre partes, de una como apelante Doña Daniela , dirigida en primera instancia por el Letrado Don Luis de Alba Caro, y de otra como apelada Doña Nuria , dirigida en primera instancia por la Letrada Doña María Angeles Pérez Agüero; habiendo sido Ponente de esta Sala, la Iltma. Sra. Magistrada DOÑA MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ DUPLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de Arévalo, se dictó la Sentencia de fecha 26 de Marzo de 1.997 seguidos bajo el número 12/97 de mencionado Juzgado, cuya parte dispositiva contiene el siguiente FALLO: "Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales

D. José Luis Sanz Rodríguez en nombre y representación de Dª Nuria contra Dª Daniela , debo condenar y condeno a la demandada al pago a la actora de la cantidad de DOSCIENTAS CATORCE MIL NOVECIENTAS PESETAS (214.900 pts), en concepto de principal, al pago de los intereses legales desde la interposición de la demanda y al de las costas causadas en el presente procedimiento".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución, interpuso la parte demandada Dª Daniela , el presente recurso de apelación y, admitido en ambos efectos con traslado de la copia del escrito a la otra parte personada de conformidad con cuanto se dispone en el art. 734 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y presentado el oportuno escrito de impugnación del recurso, se remitieron los autos originales a ésta Audiencia Provincial para su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido todas lasprescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, que estimando la pretensión deducida por Doña Nuria contra Doña Daniela condenó a ésta a pagar la suma de 214.900 ptas, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, y al abono de las costas, se alza la disconforme pidiendo en primer lugar la nulidad del procedimiento desde la providencia de fecha 14 de Marzo de 1997 por no haberse practicado la prueba de confesión judicial de la actora que en su día propuso, a pesar de haber sido admitida, de lo que concluye se le ha originado indefensión que ha de ser solucionada retrotrayendo el proceso al momento de aceptación del medio de prueba, argumento que quiere reforzar añadiendo que con posterioridad a dictar la sentencia impugnada el Juzgado acordó llevar a cabo la diligencia de confesión judicial de la demandada, que también se había intentado infructuosamente con anterioridad. Y para caso de que sea rechazada la declaración de nulidad pretendida suplica la revocación de lo resuelto remitiéndose a lo alegado en el escrito de...

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