SAP Cádiz 188/1998, 14 de Octubre de 1998

PonenteCARLOS ERCILLA LABARTA
ECLIES:APCA:1998:2560
Número de Recurso74/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución188/1998
Fecha de Resolución14 de Octubre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

SENTENCIA 188/98

Ilmos. Sres,

Presidente

D. CARLOS ERCILLA LABARTA

Magistrados

D. ANGEL L. SANABRIA PAREJO

D. RAMON ROMERO NAVARRO

JUZGADO Barbote n° 1

D. Previas n° 74/97

Procedimiento Abreviado n° 6

Año: 1. 998

En la ciudad de Cádiz a día 14 de Octubre de 1.998.

Vista enjuicio oral y público por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, la causa procedente del Juzgado de Instrucción de Barbate n° 1, seguida por presunto delito Contra la Salud Pública incoada contra los acusados Cosme , indocumentado, cuyos padres no constan, de 26 años de edad, natural y vecino de Belione (Marruecos), marinero, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en prisión provisional por esta causa desde el día 28 de Enero de 1.997 hasta la actualidad en cuya situación continua, representado por el Procurador Sr. Guillen Guillen y defendido por el Letrado D. Joaquín Gerrero Bey; contra Bruno , con DNI n° NUM000 , hijo de Buarfa y Erhimo, de 25 años de edad, natural y vecino de Ceuta, con instrucción, con antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en prisión provisional por esta causa desde el día 28 de Enero de 1.997 hasta la actualidad en cuya situación continua, contra Braulio , con DNI n° NUM001 , hijo de Abselam y Habiba, de 25 años de edad, natural y vecino de Ceuta, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en prisión provisional por esta causa desde el día 28 de Enero de 1.997 hasta la actualidad en cuya situación continua, contra Darío , con DNI n° NUM002 , hijo de Dris y Erhimo, de 28 años de edad, natural y vecino de Ceuta, cien instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en prisión provisional por esta causa desde el día 28 de Enero de 1.997 hasta la actualidad en cuya situación continua, representados por el Procurador Sra. Jaen Sanchez de la Campa y defendidos por el Letrado Dª Mª. Antonia Piñel Lopez; contra Silvio , con DNI n° NUM003 , hijo de Rafael y María Teresa, de 38 años de edad, natural de Cádiz y vecino de Los Barrios, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en libertad provisional por esta causa de la que estuvo privado desde el día 28 de Enero al 29 de Julio de 1.997, representado por el Procurador Sr. Gómez Armario y defendido por el Letrado Dª. Ana María Jerónimo Bustos; contra Santiago , con DNI n° NUM004 , hijo de Antonio y Dolores, de 28 años de edad, natural y vecino de Barbate, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en libertadprovisional por esta causa de la que estuvo privado desde el día 28 de Enero al 29 de Abril de 1.997, representado por el Procurador Sra. Fernández Roche y defendidos por el Letrado Dª. Fernando Serrano Martínez; contra Carlos Jesús , con DNI n° NUM005 , hijo de Al-Lal y Sodia, de 24 años de edad, natural y vecino de Ceuta, con instrucción, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta y en prisión provisional por esta causa desde el día 28 de Enero de 1.997 hasta la actualidad en cuya situación continua, representado por el Procurador Sr. Benitez López y defendido por el Letrado D. José Porras Pedraza, siendo parte el Ministerio Fiscal y ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. CARLOS ERCILLA LABARTA

1°.- ANTECEDENTES DE HECHO.

  1. - La presente causa tiene su origen en las Diligencias Previas del margen, tramitadas por el Juzgado de Instrucción de La Linea n° 1, en virtud de atestado de la Guardia Civil, en el que se dirigió la acusación contra Cosme , Bruno , Braulio , Darío , Silvio , Santiago y Carlos Jesús , por presunto delito Contra la Salud Pública, y seguido por todos sus tramites, se elevaron los Autos a esta Audiencia donde se celebró el Juicio Oral.

  2. - El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito Contra la Salud Pública de los art 368 y 369,3 del Código Penal , y "n delito de Contrabando del art. 2.1 d) y 3 a) y art 3 de la LO 12/95 de 1 de Diciembre , designando como autores a los acusados Cosme , Bruno , Braulio , Darío , Silvio , Santiago y Carlos Jesús , no apreciando circunstancias modificativas, solicitó para cada uno de ellos la pena de Cuatro Años y Seis Meses de Prisión y multa de

    3.240.000.000...

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