SAP Barcelona, 18 de Junio de 1998
Ponente | ELENA GUINDULAIN OLIVERAS |
ECLI | ES:APB:1998:5776 |
Número de Recurso | 301/1998 |
Procedimiento | PENAL |
Fecha de Resolución | 18 de Junio de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª |
SENTENCIA Núm.
Iltmos. Sres.
D. MODESTO ARIDEZ LAZARO
Dª ELENA GUINDULAIN OLIVERAS
D. JOAN FRANCESC URIA MARTINEZ
En la ciudad de Barcelona, a dieciocho de Junio de mil novecientos noventa y ocho.
VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 301/98, dimanante del procedimiento abreviado nº 328/97, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Manresa, seguido por un delito de abandono de familia, contra Domingo ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Samuel Rinola en nombre y representación de Domingo , contra la Sentencia dictada en los mismos el día 6 de marzo de
1.998, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que CONDENO a Domingo , como autor criminalmente responsable de un delito de abandono de familia, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DIEZ FINES DE SEMANA DE ARRESTO, y a pago de las costas."
Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el art. 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta ~ alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ELENA GUINDULAIN OLIVERAS.
HECHOS PROBADOS
Se acepta y da por reproducido el relato de hechos declarados probados en la sentencia recurrida.
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia impugnada.
El recurrente D. Domingo condenado en la primera instancia como autor responsable de un delito de abandono de familia del art. 227 del CP de 1995 , interesa en su recurso se dicte una sentencia que le absuelva del delito por el qué ha sido condenado. Alega que no niega la existencia de los elementos objetivos que exige el delito: de existencia de una resolución judicial que obliga al pago de una prestación económica y el efectivo-, impago de la prestación en el plazo preestablecido legalmente, pero...
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SAP Navarra 147/2002, 15 de Octubre de 2002
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