SAP Castellón 257/2001, 16 de Mayo de 2001

PonenteMARIA FILOMENA IBAÑEZ SOLAZ
ECLIES:APCS:2001:673
Número de Recurso285/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución257/2001
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª

SENTENCIA NUM. 257 de 2001

Ilustrísimos Señores:

Presidente:

Don JOSE MANUEL MARCO COS

Magistradas:

Doña MARIA IBAÑEZ SOLAZ

Doña Mª ANGELES GIL MARQUÉS

En la Ciudad de Castellón a dieciséis de mayo de dos mil uno.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilustrísimos Señores referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación, interpuesto contra la Sentencia dictada el día veintiséis de junio de dos mil por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 3 de Vinaroz en el procedimiento civil de Juicio de Cognición número 200/99 seguido en dicho Juzgado.

Han sido partes en el recurso como apelante Don Agustín , defendido por el letrado Don Santiago Gimeno García y como apelada Sociedad Náutica Las Fuentes, S.A., representada por la Procuradora Doña Mª. José Cruz Sorribes y defendida por el letrado Don Juan Callao Capdevila, siendo Magistrada ponente la Ilma. Sra. Dña. MARIA IBAÑEZ SOLAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida y además se añaden los siguientes:

PRIMERO

Que en el Juzgado de Primera Instancia n° 3 de Vinaroz, se siguieron autos de juicio de cognición con el número 200/99 en los que en fecha 26 de junio de 2000 se dictó Sentencia cuya parte dispositiva textualmente decía: "Que estimando la demanda interpuesta por Dña. Mercedes Cruz Sorribes en nombre y representación de SOCIEDAD NAUTICA LAS FUENTES S.A. contra D. Agustín debo condenar y condeno a este a que pague a la actora 195.834 ptas, más intereses legales desde el 6 de noviembre de 1998, así como a las costas de este procedimiento".SEGUNDO.- Esta sentencia fue recurrida en apelación por el Procurador don Agustín Cervera Gasulla, en representación de don Agustín y asistido por el letrado don Santiago Gimeno García, y tras la admisión del recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones a la Audiencia Provincial, correspondiendo por reparto a esta Sección Tercera, incoándose Rollo n° 285/2000, y señalándose el día 11-5-2001 para la deliberación y votación, habiéndose observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida y se añaden los siguientes:

PRIMERO

Por la parte actora en la Instancia Sociedad Náutica Las Fuentes, S.A., se dedujo acción de reclamación de la suma de 195.834 pesetas contra don Agustín como importe de las cuotas no satisfechas por el uso y disfrute del puesto de atraque n° PM-10, que fue estimada por la sentencia y frente a la que el demandado y ahora apelante a través de diversas consideraciones recurre alegando que no existe relación alguna entre el mismo y la actora, siendo propietario en pleno dominio de la finca que describe y que incluye un muelle y la ilegalidad del cobro que se pretende.

SEGUNDO

Respecto de la alegación efectuada por el apelante de que el mismo no es titular del derecho de uso y disfrute del Puesto de atraque PM-10, vemos que en la...

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