SAP Badajoz 73/1998, 2 de Marzo de 1998

PonenteENRIQUE MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSA
ECLIES:APBA:1998:255
Número de Recurso86/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución73/1998
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 1ª

SENTENCIA núm. 73/1998

Iltmos. Sres. Magistrados

D. Enrique Martínez Montero de Espinosa

D. Jesús Plata García

D. Rafael Martínez de la Concha y Alvarez del Vayo

En la población de BADAJOZ, a 2 de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres. Magistrados, al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, los precedentes autos, [«*Juicio Declarativo ordinario Verbal de Tráfico núm. 257/97-, Recurso Civil núm. 86/98, Juzgado de Primera Instancia de Mérida-2*»], en virtud de demanda formulada por D. Matías , representado por el Procurador de los Tribunales D. JOSÉ LUIS RIESCO MARTÍNEZ, defendido por el letrado D. JOSÉ LUIS ORTIZ BELDA, seguida contra entidad aseguradora «ZURICH International (España), Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.» representada por el Procurador de los Tribunales Sr. PERIANES CARRASCO, defendida por el letrado D. FRANCISCO JAVIER SANTOS GARCÍA, sobre responsabilidad extracontractual o Aquiliana derivada de culpa en el ámbito del uso y circulación de vehículos de motor.

«- ANTECEDENTES DE HECHO -»

PRIMERO

En mencionados autos por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia de Mérida-2, se dicta sentencia de fecha 17/11/1997 , la que contiene el siguiente:

FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Riesco Martínez, en nombre y representación de don Matías , debo absolver y absuelvo a la demandada, Cía. de Seguros ZURICH S.A., de los pedimentos de aquélla al estimar suficiente indemnización la cantidad por éste consignada con fecha veinticinco de mil novecientos noventa y siete, condenando a la actora al pago de las costas procesales.

Se aceptan, en cuanto son relación de trámites y antecedentes, los de la resolución apelada.SEGUNDO: Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso, para ante esta Audiencia Provincial, RECURSO DE APELACION por D. Matías , representado por el Procurador de los Tribunales DÑA. ESTHER PEREZ PAVO, defendido por el letrado D. JOSE LUIS ORTIZ BELDA, admitido en ambos efectos, y en el que la parte expuso por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento, dándose seguidamente a los autos, por el Juzgado de primer grado, el trámite dispuesto por los artículos 732, 733, 734 y 736 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , con traslado del escrito de Recurso a las demás partes personadas para impugnación y plazo común de CINCO DIAS, acordándose seguidamente remitir los autos a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes, compareciendo en la alzada, a efectos de impugnación, el apelado entidad aseguradora «ZURICH International (España), Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.», representada por el Procurador de los Tribunales DÑA. CARMINA PESSINI DIAZ, defendida por el letrado D. FRANCISCO JAVIER SANTOS GARCÍA todo lo que fue verificado y, llegados los autos a expresado Tribunal, se forma el rollo de Sala, al que le ha sido asignado el núm. 86/98 de Registro, dándole a la apelación el trámite oportuno, no ha-biéndose celebrado vista pública y quedan-do los autos sobre la mesa de la Sala y proveyente para Sentencia

Observadas las prescripciones legales de trámite.

VISTOS, siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Enrique Martínez Montero de Espinosa que expresa el parecer unánime de la Sala.

«-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

»

PRIMERO

La representación procesal e la parte actora solicito la revocación parcial de la sentencia de instancia y que en su lugar se dictase otra por la que se condenase a la entidad aseguradora demandada a reparar los daños del vehículo, hasta dejarlo en perfectas condiciones, a abonar los gastos de deposito del vehículo hasta su reparación y a pagar el interés de demora prevenido en la Ley de contratos de seguros y al pago de las costas de primera instancia. De otro lado y por la representación procesal de la entidad demandada se solicito la confirmación integra de la resolución impugnada por estimar la misma ajustada a derecho.

SEGUNDO

Con...

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