SAP Jaén 158/2001, 21 de Marzo de 2001
Ponente | MARIA ELENA ARIAS-SALGADO ROBSY |
ECLI | ES:APJ:2001:549 |
Número de Recurso | 647/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 158/2001 |
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 158
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
Dª Elena Arias Salgado Robsy.
MAGISTRADOS
Dª Mª Jesús Jurado Cabrera
Dª Lourdes Molina Romero
En la Ciudad de Jaén, a veintiuno de Marzo de dos mil uno.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Incidental sobre Impugnación de Tasación de Costas seguidos en primera instancia con el nº 7 del año
2.000, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de La Carolina, rollo de apelación de esta Audiencia nº 647 del año 2.000, a instancia de D. Fidel , representado ante este Tribunal, como apelante, por la Procuradora Sra. Marín Hortelano y defendido por la Letrada Sra. Terrón Manrique, contra D. Rogelio y D. Jose Enrique , representados ante el Tribunal, como apelados por la Procuradora Sra. Herrera Torrero y defendidos por el Letrado Sr. Mañas Ergueta.
ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de La Carolina, con fecha 10 de Octubre de 2.000.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Debo desestimar y desestimo la impugnación de costas parcialmente formulada por la Procuradora Dª. María José Martínez Casas en la representación que obstenta y en consecuencia declarar debida la partida referente a la minuta del Letrado D. Diego Mañas Ergueta y declarar indebidos los gastos incluidos en Suplidos del Procurador D. José Agustín Carmona Cabrerizo referentes a Bastanteo de poder: 7.600 pesetas, Mutualidades Profesionales 1.800 pesetas, Correo, teléfono, fax 2.500 pesetas y Exhorto al Juzgado de Paz de Baños de la Encina, prueba testifical 500 pesetas, sin hacer expreso pronunciamiento de las costas de este incidente".
Contra dicha Sentencia se interpuso por la parte que impugnaba la tasación, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de La Carolina, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes para comparecer ante la misma.
Recibidos los autos ante este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrará el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vistael día 19 de Marzo de 2.001, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con la impugnación y excluyendo los honorarios de letrado por indebidos, con imposición de costas ala otra parte, y por el apelado se solicita la confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte contraria.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales....
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