SAP Asturias 478/2001, 17 de Septiembre de 2001

PonenteBERTA ALVAREZ LLANEZA
ECLIES:APO:2001:3518
Número de Recurso190/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución478/2001
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª

SENTENCIA Núm. 478/01

Ilmos. Sres. Magistrados:

PRESIDENTE:D. MÁXIMO ROMÁN GODAS RODRÍGUEZ

MAGISTRADOS:DÑA. BERTA ALVAREZ LLANEZA

D. JULIAN PAVESIO FERNÁNDEZ

En GIJON, a diecisiete de Septiembre de dos mil uno .

VISTOS, por la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial de Oviedo, con sede en Gijón, los presentes autos de J. Verbal n° 595/00 Rollo núm. 190/01, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Gijón entre partes, como apelante MULTINACIONAL ASEGURADORA SA representado por el Procurador Sra. Glez Vallina bajo la dirección letrada de D. José Luis Felgueroso Juliana, como apelado DON Juan Miguel , representado por el Procurador Sr. Moliner Glez bajo la dirección letrada de D. José Ramón Alonso Alvarez, y DON Emilio , Y TRANSPORTES HERMANOS CORTES SL, declarados ambos en situación procesal de rebeldía, y no comparecidos ante esta alzada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Gijón dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 10.11.00, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que estimando la demanda interpuesta por D. Matero Moliner Glez, Procurador de los Tribunales, actuando en nombre y representación de D. Juan Miguel , contra D. Emilio y la Entidad Transportes Hermanos Cortes SL, ambos en situación procesal de rebeldía, y contra la Cia Aseguradora ASCAT ( hoy denominada Multinacional Aseguradora SA9, representada pro la Procuradora Dª. Nery Glez Vallina, procede la condena solidaria de los mismos al pago de la suma de 1.136.028 ptas que además devengará a cargo de la aseguradora condenada el correspondiente interés legal incrementado en un 50% desde la fecha del siniestro, y hasta su total exacción, con expresa imposición a la parte demandada de las costas que fueran preceptivas".

SEGUNDO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de la cia de Seguros Multinacional Aseguradora SA se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, donde se registró al n° 190/01 y cumplidos los oportunos trámites, se pasaron los autos al ponente para resolver.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido todas las prescripciones legalesVistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Doña BERTA ALVAREZ LLANEZA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso de apelación contra la sentencia estimatoria de la demanda es impugnado de contrario.

SEGUNDO

En orden al lucro cesante, sabida es la dificultad de fijar con exactitud su valoración, pues refiriéndose siempre a lo que pudo ser y no, forzosamente ha de moverse su determinación en parámetros de razonabilidad. Efectivamente se viene exigiendo por la jurisprudencia una prueba rigurosa de los mismos. Ciertamente se dice en la invocada sentencia de la Sección 6ª de esta Audiencia de fecha 11-X-99, con apoyo en otras precedentes, que tratándose el siniestrado de un...

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