SAP Madrid 105/2001, 20 de Marzo de 2001

PonenteCARMEN LAMELA DIAZ
ECLIES:APM:2001:4081
Número de Recurso93-RP/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución105/2001
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

SENTENCIA Núm 105/01

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION DECIMOSEXTA

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. MIGUEL HIDALGO ABIA

MAGISTRADOS:

Dª CARMEN LÁMELA DIAZ

D. RAMIRO VENTURA FACI

En Madrid a veinte de marzo de dos mil uno.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado n° 361/00, en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Felix contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 5 de Madrid, de fecha veintinueve de diciembre de dos mil, en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente la Magistrado de la Sección, Ilma. Sra. Dª. CARMEN LÁMELA DIAZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal número 5 de Madrid, en el procedimiento que, más arriba se indica, se dictó sentencia, de fecha veintinueve de diciembre de dos mil, en el Procedimiento Abreviado ya mencionado, estableciendo como hechos probados que: Felix , con D.N.I n° NUM000 , de 26 años de edad, nacido el 9/12/73, y sin antecedentes penales, sobre las 7,30 horas del día 16.10.99, conducía debidamente autorizado el vehículo propiedad de Andrea , marca Peugeot 405 matricula W-....-WV asegurado en la Cia Mutua madrileña automovilista, por la calle Arturo Soria de Madrid, cuando al llegar a la altura del n° 152 de la citada vía y debido a que tenia los reflejos mermados por haber bebido previamente en exceso, perdió el control de su automóvil yendo a colisionar con sendos vehículos allí estacionados matriculas W-....-EE propiedad de Gerardo y JI-....-K propiedad de Victor Manuel . Losdesperfectos de ambos vehículos fueron de tal entidad que implicaron su consideración como de siniestro total y siendo el valor venal del matricula W-....-EE 189.000 pesetas y el del matricula JI-....-K 148.800 pesetas. Gerardo fue indemnizado por su aseguradora en cantidad superior a 300.000 pesetas y los daños del turismo de Victor Manuel que según presupuestos no fechado ascienden a 500.716 pesetas, no han sido reparados.

Practicadas por el acusado las oportunas pruebas se realizaron estas mediante aparato alcoholímetro que no cumple las exigencias metrológicas vigentes.

Siendo su Fallo del tenor literal siguiente: TALLO: Que debo condenar y condeno a Felix como autor responsable de un delito contra la SEGURIDAD DEL TRAFICO, ya definido, sin que concurran circunstancias modificativas de su responsabilidad criminal, a las penas de cuatro meses de multa, a razón de 1.000 pesetas de cuota diaria, con una responsabilidad personal subsidiaria en su caso, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y privación del derecho a conducir vehículos de motor por tiempo de un año y seis meses, y a que abone las costas causadas e indemnice a Victor Manuel en la suma de 186.000 pesetas, cantidad de la que responderá directamente la aseguradora Mutua Madrileña Automovilista y subsidiariamente Andrea .

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma, por la Procuradora Dª. María Mercedes Pérez García en representación de D. Felix , recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas,...

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