SAP Toledo 36/1998, 10 de Febrero de 1998

PonenteJUAN JOSE MARIN LOPEZ
ECLIES:APTO:1998:91
Número de Recurso194/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución36/1998
Fecha de Resolución10 de Febrero de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de Sala nº 194/97, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Toledo, en el procedimiento de menor cuantía nº 99/95 , en el que ha intervenido como apelante la entidad BUGAS Y VIDAL, S.L., representada por la Procuradora Sra. Parra Martín, y defendida por el Letrado Sr. López Diez, y como apelada la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, defendido por el Letrado Sr. Águeda Pérez. Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN JOSÉ MARÍN LÓPEZ, quien expresa el parecer de la Sala, y son

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Toledo, con fecha de 26 de abril de 1997, se dictó Sentencia en el procedimiento de menor cuantía ya referenciado, cuya parte dispositiva dice así: "Que desestimando íntegramente la demanda de tercería de dominio interpuesta por el Procurador Sra. Parra Martín, en nombre y representación de la entidad Bugas y Vidal, S.L., frente a don Joaquín y frente a la Tesorería General de la Seguridad Social, Dirección Provincial de Toledo, asistida por el Letrado de dicho organismo en la representación que por su cargo ostenta, y asimismo desestimando íntegramente la demanda reconvencional formulada por la demandada Tesorería General de la Seguridad Social frente a la citada entidad actora y otro, debo declarar y declaro no haber lugar a ordenar el alzamiento del embargotrabado sobre el vehículo matrícula TO-5335-T en el procedimiento de apremio seguido por la Unidad de Recaudación Ejecutiva 45/02 de Talavera de la Reina en el expediente tramitado por ella contra don Joaquín , absolviendo a dichos demandados de cuantas pretensiones fueron formuladas frente a ellos de contrario y asimismo debo absolver y absuelvo en la instancia a la parte actora de las pretensiones contra ella dirigidas en la demanda reconvencional formulada, todo ello sin hacer expresa imposición a ninguna de las partes del pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y por la parte actora se ha interpuesto recurso de apelación, habiéndose celebrado la vista del presente recurso el pasado día 9 de los corrientes, donde la parte recurrente pidió la revocación de la Sentencia de instancia, y la recurrida su confirmación.

TERCERO

Se admiten como Antecedentes de Hecho los relatados en la Sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La presente alzada trae causa de una demanda de tercería de dominio interpuesta por la mercantil Bugas y Vidal, S.L. contra la Tesorería General de la Seguridad Social y don Joaquín , solicitando que se alzara el embargo...

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