SAP Las Palmas 367/1998, 8 de Octubre de 1998

PonenteMARIA MARGARITA VARONA FAUS
ECLIES:APGC:1998:2590
Número de Recurso75/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución367/1998
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 367/98

LAS PALMAS DE G.C., a ocho de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

VISTO, ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación admitido a la

parte demandante/demandada, dimanante de los autos de juicio de Divorcio nº 746/97, interpuesto contra la SENTENCIA 24-12-97, seguidos en el JUZGADO INSTANC. Nº 5 LAS PALMAS , a

instancias de Miguel , representado en esta alzada por el Procurador

DOÑA ANA ISABEL SANTANA GRIMM, y dirigido por el Letrado DÑA. Mª. DEL CARMEN

MORALRES GONZÁLEZ, contra Alejandra representado por el

Procurador D. GEMA MANCHE GIL y dirigido por el Letrado D. GERARDO PEREZ NORRO, siendo

parte igualmente el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del JUZGADO INSTANC. Nº 5 LAS PALMAS, se dictó sentencia en los referidos autos por la cual se declaró la disolución del matrimonio por concurrir causa de divorcio formado por D. Miguel y DÑA. Alejandra , y entre otras se acordaron como medidas complementarias: que se establece como pensión compensatoria en favor de la Sra. Alejandra , la suma de 50.000 ptas y otra que el uso de la vivienda que constituye el domicilio conyugal, sito en la CALLE000 , nº NUM000 , NUM001 , deesta ciudad, al Sr. Miguel y al hijo de nombre Alberto, así como el ajuar en ella contenido.".

SEGUNDO

La relacionada sentencia que lleva fecha 24 de diciembre de 1.997 , se recurrió en apelación por la parte demandante, a la que se adhirió la parte apelada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma, las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día para la vista de alzada, que tuvo lugar el día 6 de octubre de 1.998, con asistencia de los Letrados y Procuradores de las partes personadas, quienes hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron convenientes, en apoyo de sus respectivos intereses.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO Siendo Ponente la Iltma. Sra. Dª. MARGARITA VARONA FAUS

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por parte del esposo demandante se recurre la sentencia de instancia en el particular referido a la pensión compensatoria mantenida en favor de su esposa, la cual solicita que sea suprimida al encontrarse su mujer desempeñando una actividad laboral remunerada, circunstancia producida después de la separación de ambos cónyuges.

La demandada se adhiere a la apelación formulada de contrarío, y pide que se revoque la medida acordada en la sentencia de instancia en virtud de la cual se atribuye al actor y aun hijo menor de edad el uso de la que fuera vivienda conyugal, ocupada actualmente por la demandada y una hija mayor de edad que con ella convive, conforme se acordara en Convenio Regulador suscrito el 5 de Mayo de 1.993 .

SEGUNDO

Desde un punto de vista de sistemática jurídica, consideramos mas adecuado el resolver en primer término la cuestión suscitada en la adhesión a la apelación formulada por la parte demandada, por la influencia que habrá de tener sobre la medida que impugna la parte apelante.

Así, si tal y como el art. 96,2 del C.C . "Cuando algunos de los hijos queden en la compañía...

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