SAP Granada 596/1998, 13 de Julio de 1998
Ponente | JUAN CARLOS TERRON MONTERO |
ECLI | ES:APGR:1998:1591 |
Número de Recurso | 231/1996 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 596/1998 |
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 1998 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº 596
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO
MAGISTRADOS:
D. DOMINGO BRAVO GUTIÉRREZ
D. ANTONIO MASCARO LAZCANO
En la Ciudad de Granada, a trece de julio de mil novecientos noventa novecientos noventa y ocho.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres al margen relacionados, ha visto en grado de apelación los precedentes autos, de juicio de menor cuantía, seguido, en virtud de demanda de D°. Juan Alberto , D. Miguel Ángel , D. Armando , Dª. Marisol , D. Constantino , D. Everardo , Dª. Soledad , D. Héctor , D. Jon Y D. Narciso , representados, en esta alzada, por la Procuradora Dª. María José Sánchez Estevez, y D. Carlos Jesús , representado, en esta alzada, por la Procuradora Dª. María de Gracia Zorrilla y defendidos, todos ellos, por el Letrado D. Demetrio Carmona Rodríguez, contra Do. Jesús María , representado esta alzada, por la Procuradora Dª. María Fidel Castillo Funes y defendido por el Letrado D. Fidel Jiménez Sánchez González.
La referida sentencia, techada en diez de septiembre de mil novecientos noventa y siete , contiene el siguiente Fallo: "Que desestimando la demanda articulada en primer lugar por la Procuradora de los tribunales Doña Lourdes Navarrete Moya en nombre y representación de DON Juan Alberto , DON Carlos Jesús , D°. Miguel Ángel , D°. Armando , Dª. Marisol , D°. Constantino , D°. Everardo , Dª Soledad , D°. Héctor , D°. Jon Y D°. Narciso sobre indemnización de daños y perjuicios contra DON Jesús María representado por el Procurador Don Antonio González Ramírez debo absolver y absuelvo a dicho demandado de la pretensión en su contra formulada y que estimando la reconvención formulada por dicho demandado contra los actores sobré acción negatoria de servidumbre debo declarar y declaro la no existencia de servidumbre de acueducto sobre la finca propiedad del actor reconvencional y su esposa,condenando a estar y pasar por tal declaración con todos los efectos a ellas inherentes así como a que le indemnicen por daños y perjuicios y en la cantidad que se determine en trámite de ejecución de sentencia condenando los asimismo al pago de todas las costas causadas en este procedimiento."
Substanciado y seguido el presente recurso por sus trámites en virtud de apelación interpuesta por la parte demandada, a la que se adhirió la parte actora. El Letrado de la parte apelante solicito la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra que declare no ha lugar a la acción negativa de servidumbre, ni a los perjuicios dejando a criterio de la Sala la indemnización. El Letrado de la parte apelada, solicito la confirmación de la sentencia apelada, por sus propios fundamentos, con imposición de costas al recurrente.
Han sido observada las prescripciones legales de trámite.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Si. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO.
P R I M E R O.- Iniciando la presente resolución, en busca de una mejor sistematización, por la pretensión deducida en la demanda reconvencional, en la que se ejercita acción negatoria de servidumbre, debe recordarse que como ha declarado el Tribunal Supremo -SS 3 Julio 1982,...
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