SAP Asturias 175/2001, 30 de Marzo de 2001

PonenteMODESTO VALENTIN ADOLFO FERNANDEZ DEL VISO BLANCO
ECLIES:APO:2001:1342
Número de Recurso373/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución175/2001
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª

SENTENCIA N° 175

En el rollo de apelación número 373/00, dimanante de los autos de juicio civil de Divorcio, que con el número 37/00, se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia de Piloña Infiesto, siendo apelante D. Hugo , representado por la Procuradora SRA. ALVAREZ BRISO MONTIANO, y asistido/a por el Letrado

D./a. JOSE MANUEL GOMEZ VARILLAS; y como parte apelada DONA Eva , representada por la Procuradora SRA. LOPEZ ALBERDI y asistido/a por el Letrado D./a. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ RIVERA; EL MINISTERIO FISCAL en la representación que le es propia; ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Modesto Blanco Fernández del Viso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia de Piloña Infiesto, dictó sentencia de fecha 9 de junio de dos mil cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"

Que estimando parcialmente la demanda presentada por D. Hugo contra Dña. Eva debo declarar y declaro la disolución del matrimonio contraído por los mencionados litigantes con el mantenimiento de las medidas acordadas en la sentencia de separación añadiendo el derecho de visitas a favor del padre para comunicarse con sus hijas los fines de semana alternos desde las 20 horas del viernes a las 21 horas del domingo y la mitad de las vacaciones escolares de verano, Semana Santa y Navidad. Sin costas."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, el cual fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Sección previo emplazamiento de las partes. Una vez comparecidas se tramitó la alzada, solicitando la parte apelada, recibimiento a prueba de los autos, practicándose la misma con el resultado que obra unido al rollo y, previos los demás trámites legales, se señaló para la celebración de la vista el día 27 de marzo del presente año.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el supuesto sometido a revisión, aparte de la solicitud de disolución vincular por causa de divorcio estimada por la sentencia apelada, el fondo de la demanda se dirige a conseguir la modificación de la pensión alimenticia asignada a las hijas, alegando el padre obligado el empeoramiento de su situación económica desde la...

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