SAP Asturias 175/2001, 30 de Marzo de 2001
Ponente | MODESTO VALENTIN ADOLFO FERNANDEZ DEL VISO BLANCO |
ECLI | ES:APO:2001:1342 |
Número de Recurso | 373/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 175/2001 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª |
SENTENCIA N° 175
En el rollo de apelación número 373/00, dimanante de los autos de juicio civil de Divorcio, que con el número 37/00, se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia de Piloña Infiesto, siendo apelante D. Hugo , representado por la Procuradora SRA. ALVAREZ BRISO MONTIANO, y asistido/a por el Letrado
D./a. JOSE MANUEL GOMEZ VARILLAS; y como parte apelada DONA Eva , representada por la Procuradora SRA. LOPEZ ALBERDI y asistido/a por el Letrado D./a. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ RIVERA; EL MINISTERIO FISCAL en la representación que le es propia; ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Modesto Blanco Fernández del Viso.
El Juzgado de Primera Instancia de Piloña Infiesto, dictó sentencia de fecha 9 de junio de dos mil cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"
Que estimando parcialmente la demanda presentada por D. Hugo contra Dña. Eva debo declarar y declaro la disolución del matrimonio contraído por los mencionados litigantes con el mantenimiento de las medidas acordadas en la sentencia de separación añadiendo el derecho de visitas a favor del padre para comunicarse con sus hijas los fines de semana alternos desde las 20 horas del viernes a las 21 horas del domingo y la mitad de las vacaciones escolares de verano, Semana Santa y Navidad. Sin costas."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, el cual fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Sección previo emplazamiento de las partes. Una vez comparecidas se tramitó la alzada, solicitando la parte apelada, recibimiento a prueba de los autos, practicándose la misma con el resultado que obra unido al rollo y, previos los demás trámites legales, se señaló para la celebración de la vista el día 27 de marzo del presente año.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
En el supuesto sometido a revisión, aparte de la solicitud de disolución vincular por causa de divorcio estimada por la sentencia apelada, el fondo de la demanda se dirige a conseguir la modificación de la pensión alimenticia asignada a las hijas, alegando el padre obligado el empeoramiento de su situación económica desde la...
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