SAP Asturias 526/1998, 10 de Noviembre de 1998

PonenteMARIA PAZ FERNANDEZ-RIVERA GONZALEZ
ECLIES:APO:1998:4002
Número de Recurso269/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución526/1998
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª

SENTENCIA N° 526

En el rollo de apelación número 0269/98, dimanante de los autos de juicio civil Ejecutivo, que con el número 0016/96 se siguieron ante el Juzgado de 1ª Instancia n° 2 de P. Siero , siendo parte apelante D° Celestina , demandada en Primera Instancia, representada por la Procuradora Dª Mª SOLEDAD GALÁN PLATA y asistida por el Letrado DON JESUS MANUEL FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ y como parte apelada FINANCO LEASING S.A., demandante en Primera Instancia, representado por el Procurador D. SALVADOR SUÁREZ SARO y asistido por el Letrado Dª IDOIA ZABALA LAUROBA; DON Ángel Jesús Y D. Esteban , demandados, (No comparecidos); ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. doña-Paz Fernández Rivera González.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Jdo de 1ª Instancia n° 2 de P. Siero dictó Sentencia con fecha 17 de Diciembre de 1997 en los autos referidos, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la oposición a la ejecución formulada por el Procurador Sr. Solis Rodríguez en nombre y representación de Celestina , debo mandar y mando seguir adelante con la ejecución despachada contra Ángel Jesús , Celestina y Esteban , hasta hacer trance y remate en los bienes embargados y que en la ejecución puedan embargarseles, y con su importe hacer integro pago a FINANCO LEASING, ENTIDAD DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO, S.A., de la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTAS OCHENTA MIL SEISCIENTAS VEINTIDOS (2.280.622) pesetas de principal, más los intereses, gastos y costas a determinar en ejecución de Sentencia."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, el cual fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los autos a esta Sección previo emplazamiento de las partes. Una vez comparecidas se tramitó la alzada, solicitando la parte apelante el recibimiento a prueba de los autos, practicándose la misma con el resultado que obra unido al rollo y, previos los demás trámites legales, se señaló para la celebración de la vista el día 3 de noviembre del presente año.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada en el juicio ejecutivo del que este recurso dimana, previa desestimación de la oposición formulada por la ejecutada personado, acogió la demanda fomulada por "FINANCO LEASING, Entidad de Arrendamiento Financiero, S.A." y mandó seguir adelante la ejecución despachada, y frente a dicho pronunciamiento se alzó la ejecutada fundando su alcance en la falta de personalidad de la ejecutante, nulidad del juicio por ser nula el título con apoyo en el que se despachó la ejecución tóda vez que el contrato de arrendamiento financiero encubria un contrato de compraventa a plazos o, en todo caso, carece de fuerza ejecutiva por tratarse de un contrato dé naturaleza civil, no contener pacto de liquidez, haber incumplido con la obligación de entrega del objeto de arrendamientofinanciero, falta de certificación en la que conste la cantidad exigible y de que la liquidación se realizó conforme a lo pactado y falta de notificación a los deudores de la cantidad que hoy se les reclama; la sociedad ejecutante-recurrida interesó la integra confirmación de la resolución impugnada, con expresa imposición de costas a los recurrentes. Los ejecutados D. Ángel Jesús y D. Esteban no comparecieron en esta instancia.

SEGUNDO

Así centrados en esta alzada los términos del debate y comenzando a examinar, en primer término, la falta de personalidad en la ejecutante que por la ejecutada personada se opone con base en que la demandante "Financo Leasing, Entidad de Arrendamiento Financiero, S.A." no es la misma persona con la que los ejecutados contrataron ya que ésta...

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