SAP Madrid 427/1998, 7 de Octubre de 1998

PonenteMARIA DEL PILAR DE PRADA BENGOA
ECLIES:APM:1998:10791
Número de Recurso209/1997
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución427/1998
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

SENTENCIA N° 427/98

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Ilmos. Sres de la Sección 4ª

PRESIDENTE

Dª. Mª Pilar Oliván Lacasta

MAGISTRADOS

Dª. Mª Pilar de Prada Bengoa

Dª. Mª Carmen Fresneda Garcia

En Madrid, a siete de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

VISTA en juicio oral y público ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, la causa n° 1521/96, rollo de Sala n° 209/97, procedente del Juzgado de Instrucción n° 2 de Torrejón de Ardoz,-seguido de oficio por un delito de robo con intimidación, contra el acusado Luis Enrique , con D.N.I. n° NUM000 , nacido el 11 de mayo de 1973, en Torrejón de Ardoz (Madrid), hijo de Aurora y de José Luis, con antecedentes penales cancelables, insolvente, y en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Dª. Paloma de la Torre Cilleros y defendido por el Letrado D. Fernando-de-Noriega Rodríguez; habiendo sido parte el Ministerio Fiscal representado por el Ilmo. Sr. D. Justino Zapatero Gómez; y siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Mª Pilar de Prada Bengoa.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas califico los hechos procesales como constitutivos de un delito de robo con intimidación en grado de tentativa, previsto y penado en los arts. 237 y 242.1 en relación al art. 62 del C°.P ., reputando responsable del mismo en concepto de autor, con arreglo al art. 28 del C°.P ., no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad, procede imponer la pena de 1 año de prisión, y costas.SEGUNDO.- La representación del acusado, en igual trámite, interesó la libre absolución del acusado.

II. HECHOS PROBADOS

El acusado, Luis Enrique , mayor de edad y con antecedentes penales cancelables, sobre las 17,30 horas del día 17 de octubre de 1996, abordó en las inmediaciones de la estación de autobuses de la empresa Continental, sita en la Avda de las Fronteras de Torrejón de Ardoz, a Aurelio y a Carlos Manuel , a los que pidió que le dieran dinero, y como no se lo daban, les manifestó que les iba a rajar, persiguiéndoles en su empeño, hasta que lograron guarecerse en el interior de un autobús.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos que se declaran probados son legalmente constitutivos de un delito de robo con intimidación en las personas previsto y penado en los artículos 237 y 242.3 del Código Penal , cometido en grado...

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