SAP Asturias 152/2009, 4 de Abril de 2009

PonenteJAVIER ANTON GUIJARRO
ECLIES:APO:2009:700
Número de Recurso343/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución152/2009
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

OVIEDO

00152/2009

RECURSO DE APELACION(LECN) 343/2008

SENTENCIA Nº 152/09

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Ignacio Álvarez Sánchez

MAGISTRADOS

D. Agustín Azparrez Lucas

D. Javier Antón Guijarro

En Oviedo a, cuatro de Abril de dos mil nueve.

VISTOS en grado de apelación por esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de JUICIO VERBAL 1357/2007, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.2 de OVIEDO, Rollo 343/2008, entre partes, como Apelante D. Jose Pablo -Registrador de la Propiedad núm. 2 de Avilés- representadO por la Procuradora de los Tribunales Dª. ROSA MARIA LOPEZ TUÑON, y bajo la dirección letrada de D. FRANCISCO GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY, y como Apelado D. Anton representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. MARIA DOLORES SANCHEZ MENENDEZ, y bajo la dirección letrada de D. MANUEL GARCIA MANCEBO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia núm 2 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 19-06-08 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra Sánchez Menéndez en nombre y representación de Don Anton contra el Sr. Registrador num 2 de Avilés, debo ordenar y ordeno la rectificación de la nota de calificación del Registrador num 2 de Avilés, en el sentido de ordenar la inscripción de las fincas denominadas CARBAYEDOS, CASTAÑEDO, SOBRERO, LOS TALLOS Y LLANO DE ALLÁ, por inserción literal del Auto de 24 de abril de 2007 dictado en el expediente de dominio num. 750/2006, del Juzgado de 1ª Instancia num 2 de Avilés; con expresa imposición de costas a la parte demandada".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes,

se interpuso recurso de apelación por la parte demandada D Jose Pablo -Registrador de la Propiedad núm. 2 de Avilés-, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 2-04-09, quedando los autos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Don Javier Antón Guijarro.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza el apelante Don Jose Pablo contra la Sentencia de fecha 19 junio 2008 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Oviedo en el Juicio Verbal 1357/2007, alegando como primer motivo de su recurso la imposibilidad de acceder a la inscripción registral del Auto de fecha 24 abril 2007 dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Avilés en el Expediente de Dominio 750/2006 por cuanto el art. 53 párrafo 7º de la Ley 13/1996, de 30 diciembre establece que "En lo sucesivo, no se inmatriculará ninguna finca en el Registro si no se aporta junto al título inmatriculador certificación catastral descriptiva y gráfica de la finca, en términos totalmente coincidentes con la descripción de ésta en dicho título", habiendo sido exigido el cumplimiento de tales requisitos por la DGRN incluso para la inscripción de títulos judiciales por cuanto la eficacia del expediente de dominio se extiende no sólo al Registro sino también al Catastro. Como segundo motivo del recuso se discrepa por el apelante del pronunciamiento por el que se le imponen las costas de la primera instancia habida cuenta de la especial posición en la que se encuentra el Registrador como garante de la legalidad y de los derechos de los terceros.

SEGUNDO

Como antecedentes para la solución del presente recurso encontramos que habiendo promovido Don Anton el Expediente de Dominio 750/2006 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Avilés, recayó en dicho procedimiento Auto de fecha 24 abril 2007 en el que se declaraba justificado el dominio a favor de Don Anton de las fincas que en dicha resolución se relacionan. Una vez lo anterior el Sr. Anton procedió a presentar el testimonio de aquella resolución junto con la las certificaciones acreditativas del estado actual de todas y cada una de las fincas en el Catastro ante el Registro de la Propiedad nº 2 de Avilés para obtener la...

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